TC declaró constitucionalidad de proyecto «Aula Segura».
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros García, Hernández Emparanza y Pozo, quienes estuvieron por calificar como propia de ley simple a la norma objeto de análisis.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros García, Hernández Emparanza y Pozo, quienes estuvieron por calificar como propia de ley simple a la norma objeto de análisis.
La gestión pendiente incide en un recurso de unificación de jurisprudencia de que conoce la Corte Suprema.
El requirente estima que el precepto impugnado vulnera el derecho al debido proceso.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de tutela laboral, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Quilpué, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso.
Las requirentes estiman que el precepto impugnado vulnera el derecho de propiedad.
La gestión pendiente invocada incide en recurso de reclamación, seguido ante la Corte de Santiago.
Se solicita declarar inconstitucionales los artículos 3 bis y 12 del proyecto de ley que sustituye el decreto ley N° 321, de 1925.
La gestión pendiente incide en autos sobre cumplimiento laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras y Garantía de Curepto.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de arrendamiento, seguidos ante el 21° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago.