TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto que crea Acuerdo de Unión Civil.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
La gestión pendiente incide en los autos voluntarios de toma de posesión material por servidumbre eléctrica de que conoce el Cuarto Juzgado Civil de Talca y la Corte de Apelaciones de Talca.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre indemnización de perjuicios de que conoce el Segundo Juzgado Civil de Valdivia.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de casación en la forma y en el fondo de que conoce la Corte Suprema, mediante el cual se pretende anular la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la declaración de quiebra.
Ambas gestiones pendientes inciden en autos sobre nulidad de derecho público de que conocen respectivamente el 2º Juzgado de Letras de San Bernardo y el 21º Juzgado Civil de Santiago.
La gestión pendiente invocada incide en un proceso de protección seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago, de que conoce actualmente la Corte Suprema vía recurso de apelación.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección en estado de dictarse fallo ante la Corte de Apelaciones de San Miguel.
La gestión pendiente incide en autos de protección de garantías constitucionales de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
En el caso que el requerimiento se admita trámite, le corresponderá el Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto sometido a su conocimiento.