TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna resolución judicial.
El requirente estima que de acuerdo al artículo 21 del Decreto Ley Nº 964, el inmueble debería ser desalojado recién el 19 de julio de 2016.
El requirente estima que de acuerdo al artículo 21 del Decreto Ley Nº 964, el inmueble debería ser desalojado recién el 19 de julio de 2016.
La gestión pendiente incide en los autos ejecutivos de que conoce el Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago.
La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de protección que conoce la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro García, quien estimó inadmisible el requerimiento por tratarse éste de una impugnación a una sentencia judicial.
La gestión pendiente incide en autos criminales sobre homicidio calificado de que conoce, vía apelación y casación en la forma, la Corte de Apelaciones de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación en contra de la Superintendencia de Educación, de que conoce la Corte Suprema.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.
La gestión pendiente invocada incide en los autos de nulidad de derecho público e indemnización de perjuicios seguidos ante el Primer Juzgado Civil de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre unificación de jurisprudencia laboral de que conoce la Corte Suprema.
La gestión pendiente incide en los autos sobre compensación económica, de que conoce el Cuarto Juzgado de Familia de Santiago.