TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma de la denominada “Ley de Caminos”.
«el requerimiento carece de fundamento plausible, puesto que lo planteado como cuestión de constitucionalidad es, en realidad, un asunto de mera legalidad que se confunde con lo debatido en la gestión pendiente, materia que es de competencia de los jueces del fondo y que escapa al control de constitucionalidad que corresponde ejercer a este Tribunal a través de la acción de inaplicabilidad».