TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que impide constitución de derechos de aprovechamiento de aguas.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de reclamación que conoce la Excma. Corte Suprema.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de reclamación que conoce la Excma. Corte Suprema.
Un grupo de diputados, apoyados por organizaciones de consumidores, firmaron el requerimiento por inconstitucionalidad presentado el día 20 de diciembre en el Tribunal Constitucional.
El TC declaró constitucionalidad del artículo único permanente y de sus artículos sexto y octavo transitorios, contenidos en proyecto de ley que modifica el límite intercomunal entre Vicuña y Paihuano, en la Región de Coquimbo.
El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba la primera frase del inciso cuarto del artículo 70, y el inciso segundo del artículo 64, ambos del Libro IV del Código de Comercio.
El TC declaró admisible una competencia entre la Fiscalía Local del Ministerio Público y el Segundo Juzgado de Policía Local, ambos de Copiapó.
El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 20 de la Ley N° 19.234, modificado por la Ley N° 19.582.
El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 54, 55, 56 y 58 de la Ley N° 19.253.
El TC, luego de que el requirente subsanara los defectos de su libelo, admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 59 N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta y la Resolución Exenta N° 1 del año 2003.
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 248, letra c) del Código Procesal Penal.
El TC declaró constitucionalidad del artículo 34 contenido en el numeral 9) del artículo 1° del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional.