TC acogió inaplicabilidades que impugnaron norma sobre jornada laboral del transporte interurbano.
En su sentencia, la Magistratura Constitucional expresa que para resolver adecuadamente los requerimientos de que se trata, debe precisarse que la parte del precepto legal que se impugna distingue claramente dos situaciones: los tiempos de descanso a bordo o en tierra y las esperas que deban cumplirse entre turnos laborales.