TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma del Código Civil que establece reglas de atribución sobre el cuidado personal de los hijos.
«Si un padre distinto al que está confiada la tuición por ministerio de la ley o por acuerdo de los interesados, la pretende, es de absoluta racionalidad que el juez lo decida en base a una causa calificada y no por su mero arbitrio (si la ley no lo dijera, de todas formas la necesidad de fundar la resolución le impondría ese deber)».