TC declaró inadmisible requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba constitucionalidad de norma que incide en el Acuerdo de Marrakech.
«En el recurso de casación en el fondo se aduce que la norma cuya inaplicabilidad es requerida ha sido interpretada por los jueces de la instancia en contravención a los artículos 19 y 20 del Código Civil y 26 y 27 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, por lo que existirían errores de derecho en la sentencia recurrida, lo que demuestra que se ha promovido una cuestión legalidad y no de constitucionalidad…»