TC desestimó acción de inaplicabilidad de artículo 43, N° 1, de la Ley de Quiebras. No vulnera igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos ni el debido proceso.
«…la falta de acreditación de la insolvencia o de hechos que la revelen no puede ser constitutiva de crítica constitucional al precepto impugnado, pues ello atañe al procedimiento para declararla que se encuentra contemplado en otras disposiciones que no han objetadas».