TC rechazó impugnación de norma del Código Tributario que dispone que sanciones que no consistan en penas corporales podrán ser aplicadas por funcionarios del SII designados por el Director Regional.
La impugnación fue desestimada luego de reiterar el TC que la facultad de los Directores Regionales del SII de aplicar sanciones administrativas, se enmarca dentro de su potestad sancionadora, la que no supone el ejercicio de la jurisdicción.