TC declara constitucional normas contenidas en proyecto de ley sobre operación de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas y otras medidas. Aplica principio de interpretación conforme a la Constitución.
La consideró constitucional en el entendido de que no priva, en caso alguno, a las partes del derecho a hacer uso de las acciones y vías de impugnación que tienen su fuente en la Carta Fundamental respecto de la decisión del panel de expertos acerca de la indemnización a que se refiere el precepto, incluido el recurso de queja.