TC admitió a trámite inaplicabilidad de norma que le impediría a Universidad de Chile contratar con el Estado en caso de que sea condenada por vulneración de derechos fundamentales.
Se le impediría participar en licitaciones públicas.
Se le impediría participar en licitaciones públicas.
La obligación de un pago previo constituiría una limitación al ejercicio del derecho a la defensa del requirente.
El tipo penal no señala qué clase de conducta debe realizar un ciudadano para poner en peligro la salud pública y verse en consecuencia expuesto a una persecución criminal y eventual imposición de pena.
El actuar de la Tesorería no satisface las exigencias mínimas de un procedimiento racional y justo, porque no le permite al supuesto deudor ejercitar otro medio de defensa que no sea la prueba del pago de la obligación.
Adolece de falta de debido fundamento plausible.
No se dio cumplimiento en forma a lo ordenado de acompañar el certificado dentro de plazo.
Esta exigencia impacta en la posibilidad de postores que pueden presentarse en la misma, reduciendo las posibilidades de más postores que aumenten el precio de remate.
Se infringiría la igualdad ante la ley, la libertad de trabajo y su protección, el derecho de propiedad.
Infringirá la garantía de la tipicidad de que “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella”.
Vulnera el derecho al recurso que se encuentra no solo reconocido en la Constitución, sino que también en la Convención Americana de Derechos Humanos.