Tribunal Constitucional

En votación dividida.

TC rechaza inaplicabilidad de empresa sanitaria que impugnaba artículo 42 del D.L. Nº 3063, sobre rentas municipales, que faculta a municipalidades para establecer cobro de derechos por servicios, concesiones o permisos.

La requirente señala que debió realizar múltiples trabajos sanitarios que son los que originan los cobros que la Municipalidad le formula y que ésta fijó en una Ordenanza Municipal que dictó al amparo del precepto legal que impugna.

8 de octubre de 2008
Primera Sala.

TC no acoge a tramitación impugnación de norma del Código Penal por no individualizar correctamente la gestión pendiente en la que el requerimiento incide y no estar razonablemente fundado.

Al declarar inadmisible el requerimiento el TC que reiteró que debe verificar el cumplimiento, entre otras exigencias, de aquella según la cual la norma legal impugnada pueda tener incidencia decisiva en la resolución de la gestión judicial pendiente de que se trata.

7 de octubre de 2008
Por unanimidad.

TC desestimó requerimiento que pedía cesar en su cargo al senador Navarro por intervenir en conflicto laboral y participar en manifestación convocada por la CUT en la que se alteró el orden público.

También desestimó la imputación de que el senador “incitó a la alteración del orden público, tanto de las personas que se encontraban con él en la Plaza Italia como de los que, a través de la televisión, pudieron verlo participando en un acto ilegal”.

7 de octubre de 2008
Control obligatorio.

TC declaró constitucional modificación de leyes electorales para permitir participación de ciudadanos inscritos en Chaitén en las elecciones municipales 2008.

La Cámara de Diputados sometió a control obligatorio el proyecto de ley que modifica la Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral y la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para permitir el voto de los habitantes de la localidad de Chaitén en las elecciones municipales 2008.

30 de septiembre de 2008
Segunda Sala.

TC declara inadmisible acción de inaplicabilidad que impugna artículo 132 bis del CPP por cuanto no existe una gestión pendiente en que el precepto legal pueda recibir aplicación

En estrados –llamados a alegar sobre la admisibilidad- el requirente sostuvo que el precepto sí podría tener aplicación en el evento que el imputado quedare en libertad y, por cualquier motivo, fuera nuevamente detenido por una orden cuya legalidad pudiera volver a discutirse.

17 de septiembre de 2008
Primera Sala.

TC declara inadmisible requerimiento que impugna norma de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar al no acreditarse que existe una gestión pendiente en la cual el precepto impugnado pueda recibir aplicación.

La gestión pendiente invocada la constituye una causa seguida ante un Juzgado de Garantía que dictó sentencia condenatoria en contra del requirente, en calidad de autor del delito sancionado en el citado precepto legal, la que se encontraría actualmente en conocimiento de la Corte Suprema, por la interposición de un recurso de queja.

17 de septiembre de 2008
Segunda Sala.

TC declara inadmisible requerimiento por cuanto plantea una cuestión de legalidad cuya resolución es propia de los jueces de fondo y no de la Magistratura Constitucional.

Se solicitó la declaración de inaplicabilidad de diversos preceptos contenidos en el DFL Nº 2, de 1967, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, y del Código del Trabajo (arts. 1, 159 Nº 2, 168, 177, 420, 425 y 476), en relación a un juicio seguido ante un Juzgado Laboral de Santiago.El requerimiento fue declarado […]

17 de septiembre de 2008
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