Norma del Código Procesal Penal que impide recurrir en contra de la sentencia condenatoria más gravosa dictada en un nuevo juicio oral, se declara inaplicable nuevamente por el Tribunal Constitucional.
Vulnera el derecho al recurso de los requirentes y, además, carece de una justificación razonable que lo haga plausible en términos constitucionales.