Tribunales Electorales Regionales

Dictamen N°2401/43 del 2021.

Negativa de la Dirección del Trabajo de registrar los resultados electorales regionales de una asociación de funcionarios de la administración del Estado no conlleva pronunciarse sobre la validez del proceso, resuelve la Corte Suprema.

Además, las controversias sobre la validez o no de unas elecciones de estas características deben ser resueltas ante los Tribunales Electorales, en el marco de un procedimiento que contenga las garantías procesales necesarias.
La Corte Suprema confirmó la sentencia de

21 de diciembre de 2022
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