Dirección del Trabajo

Artículo 89 de la Ley 19.070.

Contrato docente de reemplazo que se extiende por más de seis meses continuos con el mismo empleador y finaliza en diciembre se prorroga por los meses de enero y febrero del año siguiente, dictamina la Dirección del Trabajo.

El beneficio de prórroga del contrato tiene por objeto que el trabajador no se vea privado de su remuneración por los referidos meses. Época que consiste en su feriado legal, por lo que no pueden acceder a otra fuente de trabajo.

20 de febrero de 2023
Dictamen N°56059 de 2016 de la Contraloría.

El reembolso de remuneraciones pagadas por períodos cubiertos por licencias médicas rechazadas o reducidas se puede efectuar desde que la COMPIN resuelva el reclamo o haya transcurrido el plazo para interponerlo, dictamina la Dirección del Trabajo.

No impide efectuar los descuentos el hecho de que el trabajador interponga un recurso ante la SUSESO, pues este es un órgano técnico fiscalizador y no el superior jerárquico de las COMPIN, por lo que las decisiones adoptadas por las respectivas Comisiones ya se encuentran firmes.

26 de enero de 2023
Dictamen N°2401/43 del 2021.

Negativa de la Dirección del Trabajo de registrar los resultados electorales regionales de una asociación de funcionarios de la administración del Estado no conlleva pronunciarse sobre la validez del proceso, resuelve la Corte Suprema.

Además, las controversias sobre la validez o no de unas elecciones de estas características deben ser resueltas ante los Tribunales Electorales, en el marco de un procedimiento que contenga las garantías procesales necesarias.
La Corte Suprema confirmó la sentencia de

21 de diciembre de 2022
Páginade 27