La modificación de la estructura organizacional de la empresa en el contexto de su internalización debe ejecutarse con pleno respeto a los derechos de los trabajadores y de la legislación laboral, dictamina la Dirección del Trabajo.
Toda modificación al vínculo contractual debe ser acordada por las partes. Además, las reestructuraciones de personal o modelo de las empresas deben ajustarse a la normativa laboral, previsional y de seguridad social.