Los preceptos impugnados son consistentes con el diseño constitucional que otorga al Ministerio Público la dirección exclusiva de la investigación penal, lo que incluye decisiones fundamentales como la formalización, cuya ausencia impide a los querellantes forzar la acusación. La acción penal responde a un interés público y no otorga a los particulares un derecho subjetivo para exigir condenas.
Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Norma que restringe causales del recurso de casación en la forma contra sentencias dictadas en juicios regidos por leyes especiales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
Norma que restringe los representantes que el empleador puede designar como mandatario para absolver posiciones, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Norma que reconoce beneficio previsional a la madre soltera o viuda, pero excluiría a la divorciada, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Norma que regula la notificación de la demanda en los juicios de arrendamiento de predios urbanos, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente sostiene que debe declararse la inaplicabilidad del precepto legal que impugna para garantizar el debido proceso y la igualdad ante la ley.
Norma que establece las sanciones al Código del Trabajo y sus leyes complementarias no produce resultados contrarios a la Constitución.
Se arribó a la conclusión de que la controversia involucra una cuestión de legalidad sobre el acto administrativo que debe resolverse en los tribunales de fondo, y que las infracciones sancionadas se basan en normativas específicas y no en el artículo 506.
Requerimiento de exalcalde electo de Ñiquén que impugna normas que establecen inhabilidades para desempeñar el cargo de alcalde, se declara inadmisible por el Tribunal Constitucional.
La Magistratura Constitucional declaró inadmisible el requerimiento por considerar que no existe gestión judicial pendiente, ya que, tras revisar los antecedentes y consultar en la página web del TRICEL, se verificó que el recurso de reposición interpuesto fue resuelto el 27 de diciembre de 2024, declarándolo improcedente.
Normas que regulan la realización de prendas mercantiles cuando el crédito está vencido, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
La requirente sostiene que debe declararse la inaplicabilidad de los preceptos legales que impugna para garantizar el debido proceso, la igualdad y el derecho de propiedad de los involucrados.
Norma que exige solicitar la fianza de resultas al momento de interponer el recurso de casación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente sostiene que la aplicación del artículo 773 del Código de Procedimiento Civil en la gestión pendiente vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva, al impedir la concesión de la fianza de resultas antes de la ejecución de la sentencia, lo que imposibilita garantizar la restitución de los pagos en caso de que la sentencia sea revocada. Argumenta que esta situación genera un estado de indefensión para el municipio, particularmente debido al elevado monto de la indemnización.
Disposiciones que ordenan imputar a la Pensión Garantizada Universal las pensiones reparatorias otorgadas por la Ley Valech, se impugnan ante el Tribunal Constitucional
La requirente sostiene que la aplicación de la preceptiva impugnada en la gestión pendiente resulta discriminatoria e inconstitucional, al confundir una reparación por violaciones a los derechos humanos con una pensión de vejez universal.
Norma que excluye la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional respecto de extranjeros condenados por tráfico ilícito de estupefacientes, no produce resultados contrarios a la Constitución.
La Magistratura Constitucional razona que la norma responde a un diseño legislativo orientado a preservar los fines preventivos, resocializadores y disuasivos del sistema penal frente al tráfico de drogas, y que prioriza la protección de la salud pública y el cumplimiento efectivo de las penas.
Norma que impide apelar de resoluciones dictadas en los procedimientos de cobranza laboral, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente sostiene que la aplicación del precepto impugnado en la gestión pendiente vulnera la igualdad ante la ley, al generar diferencias arbitrarias que afectan a los demandados en juicios ejecutivos laborales, al verse impedidos de recurrir a un tribunal superior para revisar las resoluciones. También que la norma favorece injustificadamente a los demandantes al limitar los derechos procesales de defensa de los empleadores o responsables solidarios en casos de subcontratación.
Norma que permite adecuar el precio de los contratos de salud que tengan un precio pactado inferior a la cotización legal obligatoria, ajustándolos al valor de dicha cotización, se impugna ante el Tribunal Constitucional
La requirente sostiene que la aplicación del precepto impugnado en la gestión pendiente vulnera la igualdad ante la ley, ya que conlleva a diferencias arbitrarias en los ajustes de precios para afiliados con planes idénticos. También señala que favorece injustificadamente a la ISAPRE, al otorgarle la facultad de modificar unilateralmente los contratos, mientras que los afiliados no pueden mantener sus condiciones originales. Finalmente, afirma que el precepto transgrede su derecho a elegir el sistema de salud, pues las opciones ofrecidas no incluyen conservar el plan en los términos inicialmente contratados.
Normas que regulan pago de cotizaciones previsionales y convalidación del despido, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
La requirente sostiene que la aplicación en la gestión pendiente de las disposiciones impugnadas del artículo 162 del Código del Trabajo, vulneran derechos fundamentales al imponer una sanción desproporcionada y sin límite temporal, afectando la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de propiedad, al generar deudas excesivas e intereses acumulativos pese al pago previo de las cotizaciones previsionales.