Recurso de Nulidad

El principio de congruencia procesal exige que la sentencia se limite a los hechos descritos en la acusación para garantizar al imputado el conocimiento claro de los hechos que se le imputan y resguardar su derecho de defensa.

El principio de congruencia procesal no exige una identidad estricta o literal entre la acusación y la sentencia, sino que garantiza que el acusado entienda los hechos que se le imputan y pueda ejercer su defensa de manera adecuada, refiere el voto en contra.

17 de enero de 2025

Conducción en estado de ebriedad simple o con daños leves conlleva la suspensión de la licencia por dos años en la primera ocasión, cinco años en la segunda, y su cancelación definitiva en la tercera reincidencia.

15 de enero de 2025
La interpretación jurisdiccional sostenida en la instancia respecto del precepto en cuestión ha sido errónea, al aplicar solo dos años de suspensión de licencia, sin considerar el número efectivo de “ocasiones” en que el imputado fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad y sancionado por ello.

Si imputado no conducía ni estaba sentado en el asiento del piloto no se le puede condenar por el delito de conducción en estado de ebriedad y negarse a realizar la alcoholemia.

12 de enero de 2025
De la lectura del recurso es posible concluir que lo verdaderamente cuestionado es la ponderación que de la prueba ha hecho el tribunal, cuestión que como reiteradamente ha sostenido esta Corte corresponde a una facultad privativa y soberana del juez de la instancia que no es posible revisar por esta vía.
Recurso de nulidad rechazado por Corte de Santiago.

Principio de congruencia no ha sido vulnerado al condenar por el delito de violación porque los hechos esenciales coinciden a lo largo del procedimiento y no hubo sorpresa para la defensa.

En la acusación se alude a dos hechos simples que configuran la falta de consentimiento de la víctima: que ella se encontraba dormida, y bajo los efectos del alcohol, y que son esos mismos hechos los que fueron argumentados y se tuvieron por establecidos por el Tribunal; de ahí que no corresponda cuestionar una falta lógica entre lo acusado y aquello que se demostró.

12 de enero de 2025
Recurso de nulidad acogido por Corte de Santiago.

En el juicio oral no procede revisar la legalidad de la detención o registro, tal discusión que se encuentra cerrada y es ajena al razonamiento para desvirtuar la prueba obtenida.

El estándar probatorio de duda razonable requiere que, de acuerdo con parámetros objetivos y precisos, exista prueba suficiente en términos de aportar un alto grado de confirmación a la hipótesis de cargo y, a su vez, descartar aquellas proposiciones compatibles con la inocencia del acusado.

7 de enero de 2025
Recurso de nulidad acogido por Corte de Rancagua.

Condenado no compareció a audiencia de lectura de sentencia que decretó la prohibición de acercarse a la víctima por lo que no puede entenderse notificado de esa accesoria y se lo debe absolver por el delito de desacato.

No es posible concluir que el imputado conocía, en la realidad, la prohibición de acercamiento a la víctima y su domicilio, por cuanto el artículo 346 del Código Procesal Penal, que entiende notificada la sentencia a todas las partes aun cuando no asistan a la audiencia en que se da a conocer la sentencia, es una ficción legal que sólo puede tener efectos procesales, más no sustanciales.

7 de enero de 2025
Recurso de nulidad acogido por Corte de La Serena.

Principio de congruencia se vulnera respecto del delito de porte ilegal de arma de fuego al condenarse a los imputados porque se excede el contenido de la acusación fiscal.

No consta en la sentencia que se hayan realizado, por los órganos pertinentes, gestiones investigativas en orden a ubicar el paradero de las armas que sirvieron para cometer el delito de homicidio la noche de los hechos y menos consta que hayan sido encontradas en poder o bajo custodia de los acusados, tal como se desprende de la sentencia revisada.

7 de enero de 2025
Recurso de nulidad acogido por Corte de Chillán.

Si no hay signos de fuerza en la ventana no se puede condenar por el delito de robo con fuerza en lugar habitado.

Conforme a la presunción de inocencia que ampara al imputado y atendidas las alegaciones de la defensa, el tribunal debía efectuar un ejercicio argumentativo tendiente a explicar por qué la prueba rendida demostraba inequívocamente que en el caso concurrían todos los elementos del tipo penal de robo en lugar destinado a la habitación, lo que no ocurrió.

2 de enero de 2025
Recurso de nulidad rechazado por Corte de San Miguel.

Delito de obtención maliciosa de la calidad de poseedor regular no exige de una sentencia civil que reconozca la calidad de poseedor regular. Basta obtener maliciosamente dicha calidad faltando a la verdad ante la autoridad administrativa.

Para dar inicio al procedimiento administrativo, el querellado presentó al Ministerio de Bienes Nacionales documentos en los que faltó a la verdad en los hechos sustanciales, concretamente, la declaración bajo juramento, suscrita ante notario, de ser el poseedor material del bien raíz, en circunstancias que no lo era.

30 de diciembre de 2024
Páginade 36