Imponer una pena accesoria no prevista por el legislador y que excede la solicitada por el Ministerio Público, importa una infracción de derecho que vicia la sentencia recurrida.
La pena de suspensión de licencia de conducir de cinco años impuesta resulta improcedente, porque es una pena que no está prevista bajo la hipótesis fáctica que se tuvo por establecida, contrariando, además, las especiales reglas de limitación de pena ante la admisión de responsabilidad dentro del procedimiento simplificado.