Segundo Tribunal Ambiental condena a Minera Esparta a reparar el daño ambiental en Quebrada de La Plata en Maipú.
Se acogió las demandas de la Municipalidad de Maipú y del Estado de Chile y le ordenó a la empresa reparar el medio ambiente dañado.
Se acogió las demandas de la Municipalidad de Maipú y del Estado de Chile y le ordenó a la empresa reparar el medio ambiente dañado.
La sentencia establece que la empresa no ha logrado acreditar la estabilidad necesaria para poder operar la totalidad del relleno, por lo que existe un escenario de riesgo o daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas.
Se determinó que la Superintendencia del Medio Ambiente actuó correctamente al rechazar el programa de la Compañía Minera Nevada SpA, por no incorporar todas las infracciones incluidas en la formulación de cargos.
Notificada la demanda existe un plazo de 15 días para contestar, más el término adicional establecido en el artículo 258 del Código de Procedimiento Civil.
La demanda fue interpuesta por la Junta de Vigilancia de la Tercera Sección del río Mapocho, compuesta por pequeños agricultores que riegan con aguas del Río Mapocho sus terrenos cuyos cultivos abastecen a la Región Metropolitana.
La reclamación se funda en el hecho de que las observaciones al Proyecto formuladas no fueron debidamente consideradas en el proceso de evaluación ambiental.
El Tribunal se declaró incompetente de oficio para conocer de la reclamación por existir un régimen recursivo especial en la Ley N° 18.902, respecto de las multas que aplica la SISS, y que asigna competencia a los jueces de letras en lo civil.
Corresponde ahora que la reclamada informe de la materia requerida dentro del plazo de 10 días.
Se consideró que “los antecedentes aportados por la Superintendencia en su solicitud no permiten configurar, en las condiciones actuales de operación del “Centro de Tratamiento Eco Maule”, una hipótesis de riesgo o daño inminente a la salud de las personas, que justifique la adopción de la medida solicitada”.
El presidente del Tribunal, Rafael Asenjo, señaló que “es muy distinto ver una fotografía a recorrer todo este sector. Por lo tanto es una medida extraordinariamente útil para la decisión que el Tribunal se encuentra conociendo”.