CS confirmó sentencia que acogió protección contra Superintendencia de Seguridad Social por rechazo de licencias médicas.
Se estimó como arbitrario el actuar de la recurrida.
Se estimó como arbitrario el actuar de la recurrida.
Se estimó acreditada su calidad de trabajador dependiente.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de integridad física y psíquica, debido proceso, y sus derechos de protección a la salud y de propiedad.
Ordenó a la recurrida citar a la recurrente a un peritaje especial para efectos de determinar la concurrencia de los requisitos para justificar el reposo ordenado.
Se estimaban infringidos los derechos al debido proceso y a la propiedad.
Las resoluciones son vagas, genéricas, todo lo cual no permite comprende cabalmente las mismas e imposibilita el debido control.
La Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se acogiera la acción de protección deducida.
De este modo, el máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Santiago.
El recurrente estimó vulnerados el derecho a la vida e integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de propiedad.
La recurrente indicó que se vulneró el derecho de propiedad.