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Acción Constitucional, puede ser preventivo y correctivo.

Recurso de Amparo

Se trata de una acción que busca restablecer el derecho vulnerado y asegurar la debida protección al afectado, carece de formalidades para su interposición y no hay plazos mientras tanto se mantenga la privación, amenaza o perturbación de libertad.

Acción constitucional de carácter público, que concede a toda persona detenida, presa o arrestada con infracción a la Constitución o a la ley, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual.

Su objetivo es que el afectado sea llevado frente a un juez para que él revise la legalidad de la privación de libertad, buscando impedir, preventivamente, la ejecución de órdenes de detención o prisión arbitrarias; o recuperar y obtener la inmediata libertad de la persona detenida o presa ilegalmente, Si es el caso, se decretará su libertad inmediata o se pondrá al individuo a disposición del juez competente. Por regla general, se buscara restablecer el derecho vulnerado y asegurar la debida protección al afectado.

Existen dos tipos de amparo, el amparo correctivo que busca corregir un arresto, detención o prisión producida con infracción a la Constitución o a la ley, y el amparo preventivo, que busca prevenir toda perturbación o amenaza a la libertad personal y seguridad individual.

El recurso de amparo puede ser interpuesto por toda persona natural, pudiendo ser el propio afectado o cualquier otro a su nombre.

Se trata de una acción que carece de formalidades para su interposición, puede ser presentado a través de un abogado, pero no es requisito para su tramitación, junto a que no hay plazos mientras tanto se mantenga la privación, amenaza o perturbación de libertad.

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