Entrevista

Iniciativas de norma popular.

Domingo Lovera, académico y abogado: “Espero que la Convención ofrezca un texto que este en condiciones de ser aprobado por el pueblo”.

Respecto a las iniciativas no aprobadas, la respuesta formal es que perdieron el debate o que no forman parte de la nueva Constitución, por lo que no se consideran relevantes de ninguna lectura. Sin embargo, explica Lovera es muy común que por medio de la interpretación se le busque dar un sentido a una disposición constitucional distinto del que tuvo, ya que, es donde cobran sentido todas las que vayan quedando en el camino.

8 de febrero de 2022

Por: Nicol Carrasco, U. Chile.

Luego de que este martes recién pasado 78 iniciativas de normas populares alcanzaran las 15 mil firmas para ser discutidas en la Convención Constitucional, surgen ciertas inquietudes de cómo será el proceso de estas o qué pasa con aquellas que no son aprobadas para estar presentes en la nueva Constitución.

Ante esto, hablamos con Domingo Lovera quién es académico y licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Director e investigador en el Programa de Derecho Público de la Universidad Diego Portales, Co-editor Revista Derecho y Crítica Social. Además, sus líneas de investigación están enfocadas en el Derecho Constitucional, Derecho a la Protesta y  Derechos Constitucionales de Niños, Niñas y Adolescentes.

1.- ¿Qué pasa con las iniciativas que fueron aprobadas?

En estas normas se juntaron más de 15 mil firmas. Según el reglamento de la Convención, van a hacer consideradas igual que las mociones presentadas por los constituyentes, lo que quiere decir, que entran al proceso de discusión que está realizando hoy día la Convención y se les podrá realizar especificaciones, modificaciones etc. Se consideran como una moción exactamente igual a la que presenta cualquiera de los grupos de convencionales.

2.- Algunas de estas fueron redactadas con un texto largo. Como se sabe en la Constitución anterior las normas no son tan extensas, entonces ¿habrá un cambio en la redacción de las iniciativas o quizás un cambio netamente en la redacción de la Constitución?

Hay algunas mociones que están bien redactadas, por ejemplo, la que aboga por el reconocimiento de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Esa moción, está en un lenguaje común, con una muy buena técnica legislativa, entonces esa creo difícil que pueda mejorarse desde el punto de vista de su redacción. Otras, por supuesto que sí, son articulados que en general es difícil encontrarse en las constituciones, fraseado en un lenguaje que posiblemente no es el más usual para el mundo del Derecho y probablemente esas merecen algo de revisión. Pero, cómo van a hacer consideradas estas mociones equivalentes a las que han presentado las y los convencionales, también van a someterse al procedimiento regular de indicaciones, entonces, si o si algo va a cambiar en el transcurso de la deliberación y discusión que va a seguir.

Esto vale para las mociones populares, pero también para las de los convencionales. Una vez que se presente el borrador de texto general para la nueva Constitución, se va a llevar a la que se denomina Comisión de Armonización, cuyo objetivo es exactamente el de darle una suerte de redacción final similar al texto de la Constitución, de modo tal, que este tenga concordancia y guarde una adecuada armonía.

3.- ¿Qué tan factible es que las iniciativas por ejemplo “Por el Agua, Los Derechos de la Naturaleza y Los Glaciares” puedan incluirse en la nueva Constitución? Ello puesto que su articulado es bastante extenso y exige la creación de nuevos organismos del Estado como Defensoría de la Naturaleza y el nombramiento de una comisión especifica a cargo de realizar un diagnóstico y llevar a cabo un plan de recuperación y redistribución de las aguas.

Esto es un buen punto. Mucha gente que trabaja en Derecho Constitucional creen que las cosas no pueden ser de otra manera, pero es cosa de meterse en las redes y habrá gente opinando sobre estas mociones populares o sobre las mociones que han presentado los convencionales, reclaman que sería algo que no es constitucional, algo que no se regula en la Constitución.

Un reclamo que tiene algo de sentido desde la academia, desde la teoría, pero que llevada a la política constitucional netamente tal, a la práctica en que se desarrolla y se discute, la que se deliberan las solicitudes no tiene mucho sentido, porque lo que está actuando acá es el poder constituyente, representado por los constitucionales y finalmente por nosotros cuando votemos el texto que se nos ofrezca de la nueva Constitución.

Entonces, el poder constituyente lo que define es lo que quedará en la Constitución y todas esas discusiones teóricas de que no era constitucional tendrán que dar paso al análisis de las nuevas disposiciones. Hay algunas cuestiones que nos van a parecer novedosas, pero que finalmente van a terminar estando en la nueva Constitución y habrá que darse una posibilidad de enfrentarse a estos artículos que en general no son de estar en la Constitución.

Hay artículos que son súper extensos, pero la regulación constitucional del 80 también tenía artículos largos, por ejemplo el Derecho de Propiedad, tiene una regulación más larga del mundo en materia de derecho de propiedad y nunca nadie ha reclamado por ello. Existen experiencias en el mundo comparado tanto en la región como en otras partes, en que el artículo de las constituciones son más largos y eso no es una novedad en estas mociones y en la nueva Constitución.

Como estas iniciativas son equivalentes a las de los convencionales, pueden proponer la creación de nuevos órganos que tendrán la discusión que corresponda y ver si se aprueban o no, y así se tiene un nuevo órgano regulado a nivel constitucional y eso me parece que está dentro del margen de lo que las mociones podían hacer.

4.- ¿Qué ocurre con las iniciativas que no sean aprobadas para ingresar a la Constitución?

Esas iniciativas quedaron como mociones y pasan cosas interesantes. La respuesta formal es perdieron el debate o que no forman parte de la nueva Constitución, por lo que no se consideran relevantes de ninguna lectura. Sin embargo, es muy común que por medio de la interpretación se le busque dar un sentido a una disposición constitucional distinto del que tuvo, ya que, es donde cobran sentido todas las que vayan quedando en el camino.

Entonces, debiera ser tomada como una manifestación expresa del poder constituyente de no constitucionalizar una determinada materia, esto es importante, en términos coloquiales, no se nos pase gato por liebre por medio de una interpretación tratando de meter alguna de las materias que han quedado fuera de la regulación constitucional.

Diría que la respuesta formal es que no pasa nada, y la de la práctica constitucional es que van a ser relevantes para poder calibrar bien que las disposiciones que si llegaron a la meta querían decir en su momento y estas que quedaron atrás, nos permiten buscar aquello que claramente el constituyente no quería que quedara regulado a nivel constitucional.

5.- ¿Puede que alguna de estas normas populares que no fueron aprobadas se transforme en ley en un futuro?

Creo que va a quedar en la nueva Constitución, son nuevas instancias de participación y definición popular, pensando en plebiscitos, referendos revocatorios, por medios de los cuales uno como ciudadano le quita el mandato a un representante popular. Diferentes instancias de participación van a quedar reguladas, porque, es un reclamo muy sentido y una fuerza muy presente.

Yo esperaría que pase, que eventualmente una buena idea que no logro reunir la cantidad de firmas pueda finalmente ser objeto de discusión legislativa, podría reflotar a futuro, pero irremediablemente como una iniciativa legal y no constitucional, a menos que se activara el procedimiento de reforma constitucional y eventualmente alguna de ellas pudiera ser objeto de una reforma constitucional. Pero, el material que queda allí, para ilustrar la historia de lo que pasó o para ser material para el futuro regulaciones constitucionales.

6.- ¿Si bien las normas populares fueron un éxito en su ejecución, a estas alturas, algo puede frenar la nueva Carta Magna? ¿Puede fracasar? ¿Qué ocurriría?

Ese es un escenario muy complejo, en el primer lugar hay que recordar que la Convención una vez que termine sus funciones nos va a ofrecer a todos un borrador de texto de nueva Constitución para que seamos nosotros finalmente quienes definamos si aprobamos o no ese nuevo texto constitucional, entonces ¿podría fracasar? Por supuesto que si, si es que la ciudadanía votará en contra de la propuesta de la nueva Constitución que hace la Convención Constitucional, cosa que espero no ocurra, pero también espero que la Convención ofrezca un texto que esté en condiciones de ser aprobado por el pueblo.

Esto último, va a depender de la decisión que finalmente tome la ciudadanía y si ella rechaza la propuesta de nueva Constitución, desde el punto de vista legal y jurídico, se debiera decir que se quedaría sin ella y seguiría vigente el texto de 1980. En términos políticos es bastante complejo, yo diría que con los episodios de 2019 en adelante, esta es una Constitución que carece de un respaldo político, lo que la gente va a responder en el plebiscito ratificatorio si es que aprueba o no el trabajo de la Convención Constitucional, no si a caso prefiere la Constitución de 1980, así que nos quedaríamos con una regulación de 1980 pero que está destinada a desaparecer.

7.- ¿Cómo evaluaría la participación ciudadana en las normas? ¿Cree que esta plataforma de iniciativas populares se podrá replicar para el Congreso, donde la gente pueda aportar con nuevas ideas, leyes etc., para que se puedan discutir allí?

Parto por lo último, yo creo que van a quedar abiertos algunos procedimientos de participación popular para la política ordinaria como por ejemplo, iniciativas populares de ley. Me parece que este tipo de plataformas sería interesante que se mantuvieran porque permite participación de la ciudadanía, súmale a eso que el proceso se ha simplificado a través del uso de clave única por cuestiones medio del azar, ya que la pandemia llego para quedarse, entonces podría ser una buena idea mantener un formato como el de esta plataforma.

La etapa participativa de este proceso constituyente ha sido tremendamente exitoso, es un proceso que nace a instancia de la participación popular, inorgánica, informal realizada a través de las protestas masivas que conocimos a finales del 2019, pero ahí hay un componente que es muy importante y que hace el puntapié inicial para este proceso, después hubo un plebiscito de apertura que se preguntó si se quería una Constitución y cuál era el órgano encargado de redactarla, luego hubo que elegir a los constitucionales a todos y todas, y una vez que se instala la Convención, esta abre instancias de participación popular para la elaboración del reglamento. La Convención ha abierto instancias de participación para la discusión de las normas y sigue recibiendo gente, se está discutiendo el fondo de las disposiciones constitucionales y se abrió este mecanismo de iniciativas que cerca de un millón de personas interactuaron.

8.- ¿Podría calificar la creación de esta Constitución como un proceso? ¿Qué cambios significará para el país?

Es una pregunta interesante, pero la respuesta solo la conoceremos en el futuro. Va a depender de si se aprueba la nueva Constitución y cuánto va a lograr arraigarse, por así decirlo, en el corazón de la sociedad, de modo tal, que la cuestión del éxito de un proceso constituyente no se agota con la aprobación de un nuevo texto que se llama formalmente Constitución, sino que, es un proceso que se desarrolla de manera extendida en el tiempo.

Un ejemplo de lo anterior, es la Constitución de 1980, que se podría decir que fue exitosa a medida que se pudo imponer en los términos durante la dictadura, pero si se analiza lo que fue la práctica política bajo ella y el resultado final, termina explotando la legitimidad de la misma Constitución. Nunca logró permear el corazón de la sociedad y ese es un problema, si la Constitución no logra permear el corazón de la sociedad, allí efectivamente no termina siendo otra cosa, que una hoja que nada sobre el torrente revolucionario para terminar hundiéndose en él. (las palabras son de Andrés Bello)

 

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