Entrevista

Imagen: portalminero.com
Joaquín Morales Godoy.
Banco Central en el Proceso Constituyente.

Joaquín Morales Godoy, profesor del Departamento de Derecho Económico U. Chile y Máster en Política Económica: “Encontrarme con un texto futuro que establezca algo radicalmente distinto a lo que actualmente conocemos lo veo muy difícil, por el consenso que existe”.

“Tengo la percepción de que no nos vamos a encontrar con diferencias abismantes respecto de lo que es la actual normativa en el texto constitucional, creo e insisto que tal vez la discusión, y donde veo viabilidad de encontrar un consenso de cambio, podría ser en un perfeccionamiento de las consideraciones al tema empleo”, sugiere el profesor Joaquín Morales.

12 de febrero de 2022

Por: Lucas Cordero Álvarez, Derecho U. Chile

Tras ciertos eventos de índole político-jurídico, los ciudadanos de Chile, en su legítimo derecho como tales, aprobaron soberanamente la configuración de una nueva Constitución, dándose paso así a un proceso constituyente que recibe atención incluso a niveles internacionales.

En el marco de este proceso constituyente, es imperativo analizar las normas e instituciones que pueden verse sujetas a la discusión por parte de los convencionales, el Banco Central de Chile no es una excepción.

El Banco Central fue creado por el Decreto Ley 486 en 1925, que tras varias modificaciones y Leyes Orgánicas (recibiendo de por medio la autonomía), se le otorgaría en 1981 el rango constitucional además de su carácter técnico. Teniendo una base constitucional para su Ley Orgánica, resulta pertinente analizar qué ideas se barajan en la Convención sobre dicha institución, pudiendo traer grandes cambios a dicha institución y a nuestra economía.

En aras de la importancia de esta institución, conversamos con Joaquín Morales Godoy; abogado y profesor de la Universidad de Chile con Master en Política Económica de la London School of Economics and Political Science, sobre el Banco Central de Chile en vista del proceso constituyente.

1. ¿Por qué es importante el Banco Central en el marco de la discusión constituyente?

La relevancia que tiene la discusión entorno al Banco Central en el proceso constituyente deriva del hecho de que la Constitución actual consagra por primera vez en nuestra historia como una entidad autónoma, técnica y de carácter constitucional el Banco Central de Chile, y la función del Banco Central hoy, que es manejar la estabilidad de la moneda y el correcto funcionamiento de los sistemas de pago, es un elemento determinante para el buen vivir de las personas en nuestro país. Tenemos que tener presente que cuando lo llevamos a palabras simples y dejamos atrás el tecnicismo económico y jurídico-económico de lo que es estabilidad-precio y el correcto funcionamiento de pagos internos y externos, estamos hablando básicamente del problema inflacionario y de aspectos tan relevantes como la relación de nuestra moneda con las divisas, teniendo presente el hecho de que además del problema inflacionario, nuestra economía es tremendamente abierta y dependiente de los mercados internacionales, por lo tanto, el problema cambiario está a la par de la relevancia e importancia que tiene el problema inflacionario, que es el tema monetario. Entonces, la pertinencia e importancia de este tema es fundamental, porque además cumple un rol el Banco Central de cerrar un círculo de estabilidad, una estabilidad macroeconómica que es esencial para que toda la economía funcione en un escenario ideal, de la mejor manera posible, generando los más efectos positivos para las personas.

2. ¿Qué materias podrían estar sujetas a discusión en la Convención sobre el Banco Central? ¿Qué es lo central en el debate o podría estar sujeto a controversia?

La discusión cuando se llegue a al detalle de la discusión sobre el Banco Central, lo que puede pasar es que hayan algunos convencionales que hagan planteamientos sobre una pregunta que tiene cierta relevancia en el ámbito académico y de desempeño real de los Bancos Centrales a lo largo del mundo, y que es, hasta dónde el Banco Central cumple sus funciones, la pregunta estará si el Banco Central debe quedarse hoy radicado en lo que son sus actuales facultades en el ámbito de la política monetaria, crediticia y cambiaria, o bien, el Banco Central debiese extender su rol, por ejemplo, a políticas relativas al desarrollo económico, ahí se producirán las interacciones entre las distintas visiones de los convencionales, probablemente allá apunta la principal discusión, toda vez que tengo la percepción que aspectos como la autonomía, el carácter técnico del Banco Central, entendiendo el carácter técnico que las decisiones se toman sobre la base de elementos científicos, razonados y estudiados que explican las decisiones, hoy me parece que hay un consenso bastante transversal, que eso debe mantenerse como definición del Banco Central.

3. En su criterio, ¿qué hay de la autonomía del Banco Central en vista del apoyo transversal desde el PC hasta Chile Vamos en la Convención? ¿Qué significa dicho consenso?

Hay un convencimiento colectivo de las personas que representan hoy a la ciudadanía en la Convención Constitucional de acuerdo a lo que se ha manifestado, de que la creación de este Banco autónomo y técnico con las características que hoy tiene en virtud de lo que dispone el capítulo pertinente de la Constitución más su Ley Orgánica, han demostrado que se ha cumplido con lo que se pretendía, o sea, que el Banco trabajara de una forma autónoma y técnica en el manejo primario del gran problema que se le asigna, que es el manejo del problema monetario, la estabilidad de la moneda, es decir, el problema inflacionario y deflacionario. Creo que en términos generales el Banco tiene un reconocimiento del colectivo social bastante elevado, en el sentido que ha logrado alcanzar los propósitos que se definen en la norma, es decir, la norma, los propósitos de la norma, se han vuelto ciertos en la realidad. Hoy estamos enfrentando una corrida inflacionaria que nos tiene preocupados a todos, por las circunstancias coyunturales que hemos estado viviendo, pero si uno mira hacia atrás en el tiempo, la verdad, es que dentro de los cánones de definición del Banco Central, por ejemplo, mantener la tasa de inflación, en el orden del 3%, o mantener un correcto funcionamiento del sistema de pago interno y externo, o el correcto funcionamiento del sistema financiero-crediticio, el Banco Central ha manifestado y realizado una performance que ha sido reconocida por todos como aceptada tremendamente técnica no afecta a presiones políticas, porque por buena suerte para el Estado de Chile, el sistema que hoy existe es bastante impermeable a ese tipo de presiones. Yo creo que esa es la explicación del consenso sin perjuicio de algunas críticas que han surgido en algunos momentos y que son los puntos que normalmente levantan la discusión sobre lo que podrían ser mejoras o cambios en lo que es hoy el rol del Banco Central.

4. ¿Es probable que se discuta sobre la accountability o gobernanza (responsabilidad de los consejeros y sus decisiones)? ¿Qué efectos podría conllevar?

Soy partidario de un perfeccionamiento de lo que pudiese llamarse como un tipo de norma de accountability, de gobernanza respecto del rol del consejo. Mi visión personal y profesional, sin ser parte de la convención, creo que no es mala idea pensar en un consejo que tenga un numero mayor de integrantes, creo que hay algunos mecanismos que podrían evaluarse respecto de darle más certeza al funcionamiento del Banco y su consejo en cuanto a alcanzar ciertas metas, quizás podrían lograrse algunos compromisos de parte del consejo respecto de alcanzar ciertos objetivos. Lo que sí me parece a mi, y en esto tengo un gran reconocimiento y comodidad en el sistema de la Federal Reserve de los EE.UU, creo que los sistemas de responsabilidad que establece hoy la Ley Orgánica del Banco en los términos como está definido, como la posibilidad de remoción, los sistemas de comunicación que establece la ley, como rendir cuentas al Congreso de la República, de que existen mecanismos entre poderes del Estado que permiten la remoción de consejeros, que el propio consejo pueda generar la remoción de algunos de sus consejeros, me parece que son bastante buenos respecto de lo que es la gobernanza o la accountability para el accionar del consejo del Banco Central. ¿Podría mejorarse? Sí, tal vez podría mejorarse, tal vez compromisos de lograr ciertas metas dentro de ciertos plazos, y de no lograrse tal vez pensar en reevaluación de la composición o tener que cambiar a algún consejero, pero no veo, por ninguna parte un piso o conveniencia técnica en pensar mecanismos, como lo han sostenido algunas personas, de acusaciones políticas, lo que son equivalentes a las acusaciones constitucionales de las autoridades políticas. Desde mi posición persona, académica y profesional, me parece que eso es nefasto para el correcto funcionamiento de nuestro Banco Central en nuestro sistema económico

5. ¿Se le otorgará al Banco Central un rol de colaboración en el marco de políticas de desarrollo? ¿Qué consecuencias traerá esto?

Esto es más complicado. Desde mi posición académica y profesional, creo que las políticas de desarrollo mueven un poco el foco del carácter técnico del Banco. Las visiones de política económica, de políticas de desarrollo, conllevan un elemento que se aleja del aspecto estrictamente técnico. Yo no soy partidario de anexar facultades respecto de políticas de desarrollo para el Banco Central. Diría que el Banco Central se le debería potenciar, quizás, su normativa respecto de los efectos de sus decisiones en políticas de empleos, aún cuando soy de la idea, a partir de mi experiencia personal y profesional, que el Banco Central en su trabajo monetario sí considera el problema empleo, toda vez que por disposición de la orgánica del Banco Central, éste debe tener presente las orientaciones generales de la política económica del gobierno de turno, esto lo dice la Ley Orgánica del Banco Central. Entonces el Banco, cuando hace su trabajo monetario, que es su trabajo principal, no está desconectado como la gente cree sobre el problema empleo, ahí se puede perfeccionar un poco, pero que se involucre en otros ámbitos de otras facultades de tipo político-económica de desarrollo, yo lo veo como algo complejo, pues escapa del carácter técnico de las decisiones que se deben tomar. Creo que el Banco Central debe tener un carácter técnico, creo que las políticas de desarrollo deben estar radicadas en las autoridades que acompañan al Presidente de la República, eso será políticas económicas, el Banco Central no debiese de involucrarse en eso, sin perjuicio que tal vez habría que repensar y buscar un funcionamiento o perfeccionamiento respecto de la relación políticas monetarias, crediticias y cambiarias con el tema empleo, aún cunado insisto que, si uno revisa las minutas, actuaciones del Banco, la transparencia de sus actuaciones, uno evidentemente se dará cuenta de que estas consideraciones están presentes, porque el Consejo del Banco, el Banco en sí, tiene el deber legal de tener en consideración los aspectos generales dela política económica del Gobierno, eso lo establece su Ley Orgánico Constitucional.

6. El Banco Central, al momento de realizar su análisis respecto de sus decisiones, ¿debe considerar como criterio el efecto en el empleo a nivel nacional?

Acogiéndome a la respuesta que acabo de manifestar, creo que en el caso del Banco Central hay que recordar que el art. 6º del título 2º de la Ley 18.840 indica que el Consejo para adoptar sus acuerdos, debe tener presente la orientación general de la política económica del Gobierno, entonces, ¿qué es lo que ocurre? La orientación general de las políticas económicas de un gobierno deben de tener como característica central buscar, básicamente, el bienestar de la población, y por ello, cuando el Banco toma sus decisiones, lo hace considerando además el efecto que se va a producir o generar respecto del empleo con base a política monetaria. Creo que hay que tener presente que en este punto, ya el Banco, y esto es importante de desmitificar esta desconexión de las afecciones monetarias respecto a los fenómenos en materia de empleo, se debe de tener presente que aún cuando tener metas de inflación sea lo que parezca lo único en lo que se fija la política monetaria eso no es tan así. Existe evidencia hoy en la actuación del Banco, bastando con revisar las minutas y distintos documentos de cómo hace política monetaria el Banco, que demuestra que la fluctuaciones del producto, por ejemplo, así como los problemas de empleo, están en mi opinión, implícitamente incorporadas en el ejercicio que hace el Consejo del Banco Central al permitir que la inflación, por este ejercicio que hace el Banco Central, se ajuste gradualmente a su objetivo de mantenerla dentro de la aceptación del 3%. Me atrevería a decir que hay la posibilidad de un perfeccionamiento, pero creo que el Banco no está desconectado del problema empleo y el problema de fluctuaciones de productos cuando estamos hablando del ejercicio político-monetario.

7. ¿Cuáles son sus expectativas respecto a la eventual nueva normativa sobre el Banco Central teniendo presente la discusión en la Convención? ¿Qué cambios podría traer?

Tengo la percepción de que no nos vamos a encontrar con diferencias abismantes respecto de lo que es la actual normativa en el texto constitucional, creo e insisto que tal vez la discusión, y donde veo viabilidad de encontrar un consenso de cambio, podría ser en un perfeccionamiento de las consideraciones al tema empleo, que como vuelvo a señalar, ya está implícitamente considerado en la actuación del Banco Central. Tal vez puede haber una forma expresa de manifestar las consideraciones respecto del empleo que debe tener la política monetaria, donde el Banco no está desconectado del problema producto y del problema empleo cuando hace sus actuaciones de política monetaria. Creo que ese podría ser uno de los puntos distintos. Encontrarme con un texto futuro que establezca algo radicalmente distinto a lo que actualmente conocemos lo veo muy difícil, por el consenso que existe. También es muy importante que los convencionales atiendan con la mayor dedicación posible a la argumentación de que existe respecto de los aspectos negativos, que en mi opinión están presentes respecto de la posibilidad de considerar la búsqueda de las responsabilidades políticas de los consejeros. Ahí, lamentablemente por la efervescencia del momento constituyente pudiese haber alguna posibilidad de cambio, pero creo que si hay una correcta comunicación, los convencionales debiesen entender los elementos, que en mi opinión, son negativos respecto de consagrar la posibilidad de buscar la responsabilidad política de los consejeros del Banco Central, en un símil a una acusación constitucional, institución que yo no comulgo para nada, y creo que es siniestra para una correcta conducción de los roles que se le asignan al Banco Central.

 

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