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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por Unión Española contra Tesorería Regional por rechazar alegaciones de vicios en una cobranza de obligación tributaria.

La recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley, ya que ha sido discriminada arbitrariamente por la autoridad.

26 de enero de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por Unión Española S.A.D.P. contra el Servicio de Tesorerías, por dictar una resolución, con fecha 26 de octubre de 2017, por el Director Tesorero Regional de la Tesorería Regional Metropolitana de Santiago, en su calidad de Juez Sustanciador del expediente de cobranza de obligación tributaria de dinero rol 502-2009, rechazó las alegaciones de vicios manifiestos de la cobranza.

La recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley, ya que ha sido discriminada arbitrariamente por la autoridad. Asimismo, consideró infringido el derecho al juez natural, por cuanto las infracciones al debido procedimiento legal transforman al Juez Sustanciador en una comisión especial. Además, indicó que se perturba el derecho a desarrollar actividades económicas, pues se autorizó un embargo ilegal que, prácticamente, impide sostener el giro de la compañía. Finalmente, indicó que se conculca el derecho de propiedad, puesto que se la despoja de su derecho al debido proceso, y de los bienes embargados, ilegalmente.

En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que, “de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, pues no es la vía idónea al efecto”. Por tanto, declaró inadmisible el recurso presentado.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema y la sentencia de la Corte de Santiago.

 

 

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