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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida contra Juez de Policía Local por negarse a recibir a un particular.

El recurrente consideró vulnerado el derecho de propiedad.

6 de marzo de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por un ciudadano contra el juez del 1° Juzgado de Policía Local de Santiago, debido a que se negó a recibirlo con el fin de pagar una multa.

El recurrente consideró vulnerado el derecho de propiedad, ya que además de la multa ahora debe pagar el corral municipal en que se encuentra su vehículo hasta que se permita el pago de la multa señalada.

En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que, “de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, pues no es la vía idónea al efecto.”. Por tanto, declaró inadmisible el recurso deducido.

Por su parte, la Corte Suprema señaló que, “de la lectura del libelo de autos aparece de manifiesto que no se han mencionado hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, por lo que no puede ser acogido a tramitación”. Por tanto, confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema y la sentencia de la Corte de Santiago.

 

 

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