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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que acogió protección de instituto profesional en contra del Consejo Nacional de Educación que declaró inadmisible apelación administrativa a resolución de acreditación.

La decisión de la Corte de Santiago señaló que se vulnera el derecho al recurso al aplicar norma declarada por el TC como contraria a la constitución.

29 de diciembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió protección deducida por el Instituto Profesional Virginio Gómez en contra de la decisión del Consejo Nacional de Educación de declarar inadmisible apelación administrativa a la resolución de la Comisión Nacional de Acreditación que otorgó acreditación a la institución educativa por un período de 3 años.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que de los antecedentes que obran en la causa se desprende que durante la tramitación de la presente acción constitucional la parte recurrente promovió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 23 de la Ley 20.129 en requerimiento Rol N° 5282-INA  que restringía la posibilidad de entablar una apelación administrativa en contra de la resolución de acreditación que se pretendió impugnar.

Añade la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que teniendo en consideración que el Tribunal Constitucional acogió tal requerimiento de inaplicabilidad, resulta claro señalar que la actuación del órgano administrativo recurrido es ilegal por aplicar una norma que en el caso de marras resulta contraria a la Constitución Política de la República.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema ROL N° 33.728-2019 y  Corte de Apelaciones de Santiago ROL N°56592-2018

 

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