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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de SEREMI de la Región de Antofagasta por el término de concesión de uso oneroso de inmuebles fiscales para aparcamiento de camiones

El Tribunal de Alzada indicó que, no habiéndose expedido el Decreto Supremo que resuelva la concesión ni el respectivo contrato, solo existió una mera expectativa del recurrente, que no constituye derecho.

29 de enero de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y rechazó un recurso de protección deducido por la Asociación Gremial de Transportistas Inka Coya Calama A.G. en contra del Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta por el término de la concesión de uso oneroso de inmuebles fiscales.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, por dictar la Resolución Exenta N° 0759, de fecha 11 de julio de 2019, que resolvió declarar terminado el trámite de concesión de uso oneroso de inmuebles fiscales para el aparcamiento de camiones en la ciudad de Calama, contenida en el expediente administrativo N° 2CO265, ordenando el archivo del expediente.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 22 y 24.

Por su parte, la Corte de Apelaciones de Antofagasta indicó, en síntesis que, para que la adjudicación de la concesión se entienda perfeccionada, el adjudicatario, dentro del plazo de 30 días contado desde la publicación en el Diario Oficial, deberá suscribir con el Ministerio el correspondiente contrato de concesión, el cual deberá constar en escritura pública, la que deberá inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces del lugar en que se hallare ubicado el inmueble.

El fallo agregó que, no habiéndose expedido el Decreto Supremo que resuelva la concesión ni el respectivo contrato, solo existió una mera expectativa del recurrente, que no constituye derecho. Razones por las que se rechazó el recurso de protección.

El máximo Tribunal por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 28804-2019Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol N° 3213-2019

 

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