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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por residente de Condominio contra la Administradora del mismo y de su Comité de Administración por supuesto rechazo a desarrollo de microempresa familiar.

La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 21 y 24.

19 de marzo de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago y rechazó un recurso de protección deducido por la residente de un Condominio en contra de la Administradora del mismo y de su Comité de Administración por el supuesto rechazo al desarrollo de una microempresa familiar.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Administradora del Condominio Camino del Sol y de su Comité de Administración por la supuesta negativa en autorizar a la recurrente a utilizar parte de su domicilio con el objeto de desarrollar una microempresa familiar.

La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 21 y 24.

La Corte de Santiago indicó en su sentencia que, se acompañó a estos autos una minuta informativa de la asamblea extraordinaria del condominio celebrada el 11 de octubre de 2019, en que se dejó constancia frente a los copropietarios asistentes que nunca se negó a la actora la posibilidad de formar una microempresa familiar, sino que sólo se le informó que ni el Comité de Administración ni la Administradora estaban revestidos de las atribuciones para suscribir la autorización que le exigió la Municipalidad de Lo Barnechea. Razón por la que se rechazó el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte confirmó la sentencia apelada.

                                                                             

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 5526-2020 y de la Corte de Santiago en causa Rol Nº 110333-2019.

 

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