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En fallo unánime y con prevención.

Corte Suprema confirmó sentencia que acogió protección en contra de Compañía de Seguros por negativa de pago de reembolsos médicos

La Corte de Santiago manifestó que, se desprendió que la actuación unilateral de la recurrida careció, de sustento fáctico y jurídico.

25 de diciembre de 2019

En fallo unánime y con prevención, la Corte Suprema confirmó un fallo que acogió un recurso de protección en contra de la empresa Colmena Compañía de Seguros Vida S.A. por la negativa de pago de un seguro por reembolsos médicos.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Colmena Compañía de Seguros de Vida S.A. por la negativa de pago de un seguro por reembolsos médicos, aduciendo la recurrida una supuesta preexistencia, lo que es negado por el recurrente ya que, al momento de contratar con la recurrida, el recurrente fue consultado sobre situaciones preexistentes, con un listado de más de 70 patologías, las cuales fueron cuidadosamente revisadas por éste y ninguna de las cuales se refieren a ninguna situación preexistente del actor.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 3 y 24 de la Constitución.

En su sentencia, la Corte de Santiago manifestó en síntesis que, se desprendió que la actuación unilateral de la recurrida careció, para los efectos de esta acción, de sustento fáctico y jurídico, lo que resultó suficiente para calificarla como ilegal y arbitraria, toda vez que no evidenció que concurrieran los presupuestos básicos para actuar como lo hizo, esto es, establecer la conexión entre un accidente ocurrido en el pasado con el evento incidental que dio origen a la intervención médica actual, perturbando de este modo el derecho de propiedad que garantiza a la recurrente la Constitución Política de la República, puesto que se afectó su patrimonio al no poder acceder al reembolso de las coberturas médicas convenidas en un contrato de salud regulado en la ley. Razón por la que se acogió el recurso de protección.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada con la prevención de la Ministro María Eugenia Sandoval.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 33314 – 2019  y Corte de Apelaciones de Concepción Rol N° 68502-2019

 

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