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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que acogió amparo en favor de ciudadana boliviana con arraigo social en Chile contra orden de expulsión del país.

Corte de Iquique señaló que existe un fuerte arraigo social de la amparada que torna la actuación administrativa arbitraria y desproporcionada.

28 de febrero de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique, que acogió amparo deducido en favor de ciudadana boliviana con orden de expulsión del territorio nacional, que se encuentra residiendo en el país desde el año 2008, con arraigo social y que fue condenada por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes.

En su libelo, expone la defensa de la amparada que ingresó a Chile el año 2008 de forma regular, y que al llegar a Iquique fue detenida por funcionarios policiales y luego condenada a la pena de cinco años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Indica la presentación de la amparada que en la actualidad se encuentra manteniendo una relación estable con un ciudadano chileno, con el que tiene un hijo de ocho años y que se encuentra trabajando en una feria en la comuna de Alto Hospicio.

Por lo anterior, indica la Corte de Apelaciones de Iquique que, el hecho por el que fue condenada la amparada, si bien es grave, el transcurso del tiempo impide entender justificada la medida administrativa de expulsión debido a su antigua data y reciente notificación, máxime cuando no existen antecedentes que demuestren que haya incurrido en otros ilícitos penales a posterior.

En este sentido, añaden los sentenciadores de alzada, que conforme los antecedentes allegados en el recurso, aparece que la referida mantiene su red familiar actual en el país, lo que lleva a concluir que la sanción administrativa impuesta carece de racionalidad y proporcionalidad, por lo que la presente acción constitucional deberá ser acogida al afectar la libertad ambulatoria de la persona amparada, sujeta a la medida de expulsión del territorio nacional. Por estas razones, acogieron la acción intentada por la defensa de la amparada.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Iquique.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Künsemüller y del Abogado Integrante Sr. Munita, quienes estuvieron por revocar la sentencia apelada y rechazar el recurso de amparo por considerar que, se configura la causal de expulsión referida en el artículo 17 mencionado, lo que hace que la Resolución N° 1018, de 05 de abril de 2012 de la Intendencia Regional de Tarapacá no es ilegal como lo plantea el recurrente.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 21.007-2020 y de la Corte de Apelaciones de Iquique Rol Ingreso N° 24-2020.

 

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