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Escriben: «La agresión como crimen internacional. ¿Una cruzada idealista o la llave para derrotar el mal?».

El autor señala que la Corte Penal Internacional (CPI) está muy lejos de haber cumplido con las expectativas generadas cuando se sancionó. Un puñado de casos contradictorios, con enormes deficiencias de la Fiscalía, es el resultado de casi veinte años.

21 de julio de 2019

Recientemente, el autor argentino Alberto L. Zuppi publicó un análisis sobre  la definición de agresión que permitiera prevenir lo que en Nuremberg, se llamó "el supremo crimen internacional", o "el crimen fundamental", como la llamó luego Cassese.
En el documento, el autor comienza explicando que Lauterpach, quien alentó todos los esfuerzos posibles para definir el crimen de agresión, a pesar de su dificultad inherente, confió en dejar el resultado final a la habilidad del dibujante y la sabiduría de los tribunales. Esperaba que los abogados internacionales no fueran disuadidos por las dificultades de esta tarea.
Luego, el trabajo señala que la expectativa de Lauterpacht fue vista como una falacia por Stone, que no creía en ninguna definición de un "apretador de botones jurídico" o en una necesidad internacional de inventar una. Ahora finalmente tenemos una, pero nadie se sorprende, sino de saber qué se va a hacer con ella. No es imposible que un gobernante de un país tercermundista caído en desgracia pueda llegar a ser procesado por este crimen, pero no podemos ocultar nuestro escepticismo. Agrega que  él estima que sinceramente el derecho penal internacional tiene otros objetivos más altos y más justos que ser zarandeado por los intereses de los países poderosos.
Enseguida, se aduce que la Corte Penal Internacional (CPI) está muy lejos de haber cumplido con las expectativas generadas cuando se sancionó. Un puñado de casos contradictorios, con enormes deficiencias de la Fiscalía, es el resultado de casi veinte años. Aduce que parece ser un Tribunal que solo se ocupa de conflictos guerrilleros en países del Tercer Mundo, ya que cuando ha tenido oportunidad de intervenir en alguna materia candente ha rehuido el problema.
Posteriormente, el documento explica que son las dificultades mostradas por la CPI para condenar por crímenes contra la humanidad, ¿puede seriamente alguien ser optimista en concederle jurisdicción para juzgar agresión? Alguna vez un escéptico memorable definió el derecho internacional como lo que queda en el vaso que tomó la política internacional. No nos engañemos con este espejismo alcanzado. La CPI no ha estado al nivel de lo que se propuso cuando se la creó. Su trabajo después de casi veinte años, comparado con lo que hizo el Tribunal para la ex Yugoslavia es vergonzoso.
En ese sentido, el autor adiciona que nada cambiará, sino hasta el día en que se libere de las presiones políticas, tenga un Fiscal comprometido y exista la voluntad de mejorar la realidad internacional modificando la ONU, para constituirlo en un organismo internacional directivo.
Finalmente, el documento concluye que hasta entonces, la CPI quedará ocupándose de conflictos en África o de países que no pueden investigarlos por carecer de recursos; y el trabajo de quienes miramos la evolución del derecho penal internacional será solo una simiente que sea recogida para ser aplicada en un mundo con otras realidades diferentes de las de hoy.

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

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