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Corte Constitucional de Sudáfrica declara inconstitucional Ley de Elecciones de 1998 y permite la presentación de candidatos independientes a cargos de elección popular.

El derecho a sufragio y el derecho a acceder a un cargo de elección popular se encuentran históricamente relacionados y son cruciales para un Estado con un Gobierno democráticamente electo.

16 de junio de 2020

La Corte Constitucional de Sudáfrica ha declarado inconstitucional que la Ley que regula el sistema y proceso eleccionario en el país africano, es inconstitucional.

La sentencia señala que la norma cuestionada no permite a sus ciudadanos ser electos a las legislaturas provinciales y nacionales como candidatos independientes. El caso fue deducido ante la Magistratura Constitucional por el “New Nation Movement”, bajo la argumentación que la ley referida infringía el derecho del ejercicio individual de participación política.

Por su parte, la Magistratura señala que la norma cuestionada debe ser interpretada la luz de su contexto histórico. Así, recuerda que a los ciudadanos africanos se les prohibió ejercer su derecho a sufragio, y su gemelo, el derecho a acceder a cargos de elección popular. De esta manera, la mayoría de la población de este país no sólo fue privado de sus derechos, sino que también fue excluida de participar en la gobernanza de su propio país. En 1936, el derecho a sufragio, que para ese entonces era ejercido sólo por unos cuantos africanos en Ciudad del Cabo, fue derogado por ley.

Recalca, el laudo constitucional, que el derecho a sufragio y el derecho a acceder a un cargo de elección popular se encuentran históricamente relacionados y son cruciales para un Estado con un Gobierno democráticamente electo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Decisión ZACC 11 [2020].

 

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