Noticias

Internacional.

Congreso de Colombia aprueba proyecto que consagra la prisión perpetua para los homicidas y violadores de niños, niñas y adolescentes.

La reforma constitucional propone un cadena perpetua, revisable a los 25 años de prisión.

24 de junio de 2020

El Congreso de la República de Colombia, en sala plenaria del Senado, aprobó el proyecto de acto legislativo que consagra la prisión perpetua para los homicidas y violadores de niños, niñas y adolescentes. Con 77 votos a favor, los congresistas apoyaron la reforma el artículo 34 de la Constitución Política de Colombia.
Los senadores manifestaron que esta nueva decisión permitirá que la pena de prisión perpetua se aplique solo en los casos en los que se reúnan diferentes conductas que agraven la agresión sexual contra un niño, la que deberá ser revisada en un plazo no inferior a 25 años, para evaluar la resocialización del condenado.
El presidente del Senado, Lidio García, expresó su agrado por el respaldo al proyecto y dijo que era una demostración para combatir la delincuencia hacia los menores de Colombia; lo que fuere celebrado también por la senadora María del Rosario Guerra, del Centro Democrático. Entre tanto, senadores de la oposición como el senador Iván Cepeda, del Polo Democrático Alternativo y de Cambio Radical, Rodrigo Lara, se manifestaron en contrario a la aprobación de la reforma.
Una vez la reforma constitucional sea promulgada por el presidente, es decir cuando envíe el texto modificado del artículo 34 de la Constitución Política al Diario Oficial, la norma entrará en vigencia. Aunque habrá una revisión de la Corte Constitucional debido a que ya se anunciaron demandas contra la ley, el Congreso aprobó el proyecto de acto legislativo para implementar la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños en el país.
No obstante, el proyecto no ha estado exento de duras críticas, tanto en el mismo Congreso como antes de que avanzara a esta instancia. De hecho, el año pasado hubo una fuerte polémica en el Ministerio de Justicia parcialmente porque, pese a que un órgano asesor en materia penal recomendó no perseguir la prisión perpetua, el Gobierno insistió en ello.
En un informe elaborado por Comisión Asesora de Política Criminal, por petición del Ministerio de Justicia, y que fue entregado en mayo del 2019, los miembros que conformaban ese grupo, de académicos y abogados expertos en política criminal, le dijeron al gobierno que la cadena perpetua no solo no sería útil para prevenir estos delitos contra niños, sino inconveniente y violatoria de tratados internacionales.
Entre los argumentos que esbozó esa Comisión estaba que esa pena es «cruel, innecesariamente violenta, inútil y desproporcionada”, no conlleva beneficios adicionales para proteger y restaurar los derechos fundamentales de las víctimas, podía aumentar el hacinamiento carcelario del país y además tendría considerables impactos económicos.
Señalaron los expertos que si se tiene en cuenta que el costo de manutención anual de una persona privada de la libertad asciende a más de 18 millones de pesos, la cadena perpetua generaría costos fiscales considerables a largo plazo, y que el Estado terminaría gastando más dinero en la manutención de los victimarios que en el bienestar de las víctimas. A esto se suma que establecer ese tipo de sanciones, dice el documento, vulnera tratados internacionales ratificados por Colombia como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.
En esa instancia varios miembros del Consejo, entre ellos la Defensoría, el Consejo Superior de la Judicatura y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, votaron en contra de implementar la medida. Incluso señalaron que podría convertirse en un incentivo perverso para que el agresor de menores tome medidas más agresivas, como el homicidio además del abuso sexual, para evitar ser capturado.

Vea texto íntegro del Proyecto de Acto Legislativo 21 de 2019.

RELACIONADOS
* CC de Colombia declaró constitucional programa «Ingreso Solidario», que tiene por objeto efectuar transferencias monetarias directas a personas en situación de pobreza y vulnerabilidad, con el fin de garantizar el derecho al mínimo vital…
* CIDH pide a Colombia a garantizar neutralidad en la red en medio del caso Uber…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *