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Reforma constitucional.

Diputados proponen democratizar el sistema de reemplazo de diputados y senadores.

La moción de los diputados Andrade, Chahín, Espinosa, Farías, Jarpa, Meza, Saffirio, Schilling, Sepúlveda y Silber, expone que la Ciencia Política ha diseñado una “serie de indicadores” que sirven para describir las características propias de un sistema democrático, citando a tal efecto a politólogos como Robert Dahl o Guillermo O`Donell, quienes señalan “que un Estado […]

21 de marzo de 2011

La moción de los diputados Andrade, Chahín, Espinosa, Farías, Jarpa, Meza, Saffirio, Schilling, Sepúlveda y Silber, expone que la Ciencia Política ha diseñado una “serie de indicadores” que sirven para describir las características propias de un sistema democrático, citando a tal efecto a politólogos como Robert Dahl o Guillermo O`Donell, quienes señalan “que un Estado que no cumple ciertos requisitos o condiciones mínimas, no puede considerarse como democracia”; entre ellas destaca que las “autoridades públicas deben ser electas por los ciudadanos”, es decir, mientras más autoridades sean electas mediante el sufragio popular, “de mayor calidad democrática será dicho Estado”.
Observa luego que el argumento antes referido “imperó” en las reformas constitucionales del año 2005, que abolieron a los senadores designados, como también en la reforma que estableció la elección de los Consejeros Regionales. (Véase relacionado).
Con todo, afirman, han ocurrido una serie de episodios que perjudican “la salud de nuestra (alicaída) democracia” respecto al reemplazo de algunas autoridades, como por ejemplo Senadores por Ministros o bien el caso del reemplazo del alcalde de La Florida, situaciones que “distorsionan los criterios mínimos exigidos por un sistema democrático”.
A fin de terminar con la “burla a la gente que sufragó” y que dejen de pensar que “su voto no tiene valor alguno”, proponen modificar el artículo 51 de la Carta Fundamental para establecer que las vacantes de diputados y senadores producidas antes del último año del período por el cual han sido elegidos serán proveídas mediante la realización de una elección complementaria a llevarse a cabo en el distrito o circunscripción a la que pertenecía el diputado o senador afectado.
Si tales vacantes se produjeren dentro del último año del periodo, ellas no serán proveídas hasta que se efectúe la elección periódica correspondiente.

Vea texto íntegro de la moción boletín N° 7540-07.

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