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A segundo trámite.

Cámara despacha proyecto que establece medidas de restricción en casinos para ludópatas.

La iniciativa se encuentra en segundo trámite constitucional y se espera que en los próximos días sea analizado por el Senado.

23 de enero de 2015

La Cámara de Diputados aprobó en segundo trámite constitucional -por 82 votos a favor y 1 abstención- el proyecto  que modifica la Ley 19.995 que regula los casinos de juego y el Código Civil, para establecer medidas de restricción en estos recintos para las personas que padecen ludopatía.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa establece que la Superintendencia de Casinos de Juego creará y administrará un Registro de Prohibición de Ingreso a Casinos, en el cual estarán individualizadas las personas que voluntariamente se inscriban en él y quienes hayan sido declarados en interdicción por disipación. A este Registro accederán en forma electrónica todos los casinos de juego, los que deberán disponer de un sistema previo de verificación de identidad, que permita dar cumplimiento a la prohibición de ingreso de los menores de edad y de quienes se encuentran individualizados en esta nómina.

Quienes se incorporen de forma voluntaria al Registro, aduce la moción, podrán ser eliminados de él exhibiendo ante la Superintendencia un certificado psiquiátrico que acredite que no es adicto al juego. El señalado certificado psiquiátrico deberá ser emitido por un psiquiatra designado para dicho fin por el Servicio de Salud del territorio al que corresponda el domicilio de la persona, previo informe favorable del médico psiquiatra tratante, si lo hay.

Asimismo, cualquier persona podrá solicitar a la Superintendencia de Casinos de Juego la incorporación en el Registro de aquellos sujetos declarados judicialmente en interdicción, provisoria o definitiva, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, exhibiendo las resoluciones respectivas.

Finalmente, el proyecto establece que tanto el Registro como el sistema previo de verificación de identidad que desarrollarán los casinos deberán encontrarse en pleno funcionamiento dentro de los 240 días siguientes a la dictación de las instrucciones de la Superintendencia, organismo que a su vez tendrá un plazo de 60 días, contados desde la publicación de la ley, para dictar dichas instrucciones.

La iniciativa se encuentra en segundo trámite constitucional y se espera que en los próximos días sea analizado por el Senado

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis. 

 

 

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