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Declaración de intereses y patrimonio.

Proponen destituir a quienes infrinjan gravemente principio de probidad.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

6 de mayo de 2015

La moción de los senadores Bianchi, Espina, Larraín, Quinteros y Zaldívar, expone que el ejercicio de toda función pública obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas y cada una de sus actuaciones tal como lo señala el inciso primero del artículo 8° de nuestra Carta Fundamental.

Observa luego que si bien existe una diversidad de mecanismos en un régimen democrático para hacer cumplir la probidad en la función pública, uno de los mejores, sin lugar a dudas, es el control ciudadano.

Sin embargo, se agrega, esa fiscalización de las personas, en la práctica, implica necesariamente que ellas tengan acceso a cierta información de las autoridades, con lo cual podrán perseguir las responsabilidades del caso. Así, la declaración de intereses y patrimonio cumple un rol esencial para estos efectos.

Al efecto, los autores de la iniciativa arguyen que a raíz de la discusión en particular del proyecto de ley sobre «Probidad en la Función Pública» que se encuentra actualmente en segundo trámite constitucional, y que regula especialmente  la obligación de autoridades y funcionarios públicos a realizar declaración de intereses y patrimonio, se aprobó que los sujetos obligados que mantuvieran el incumplimiento de dicha declaración por un período de cuatro meses siguientes a una sanción de multa previamente establecida, dicha situación se considerará una falta grave a la probidad y dará lugar a la destitución o cese de funciones del infractor. En tal sentido, la obligación de las autoridades y funcionarios públicos a realizar declaración de intereses y patrimonio, se aprobó que los sujetos obligados que mantuvieran el incumplimiento de dicha declaración por un período de cuatro meses siguientes a una sanción de multa previamente establecida, dicha situación se considerará una falta grave a la probidad y dará lugar a la destitución o cese de funciones del infractor.

Por tales razones, y con el objeto de aumentar los estándares de estas autoridades que detentan cargos públicos y someterse en igualdad de condiciones con todos los sujetos obligados a declarar intereses y patrimonio, el proyecto de ley propone modificar la Constitución Política de la República, estableciendo la pérdida del cargo por infracción grave al principio de probidad, en lo que se refiere a la obligación de declarar intereses y patrimonio, a senadores, diputados, ministros del Tribunal Constitucional, Fiscal Nacional y Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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