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Sin reemplazo en huelga.

Aprueban en particular iniciativa que moderniza legislación laboral.

Corresponde ahora que la iniciativa sea revisada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, para posteriormente ser analizada y discutida por la Sala del Senado.

4 de junio de 2015

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto de reforma laboral, iniciado por mensaje, que propone modernizar la actual legislación.

Cabe recordar que el nuevo texto establece la titularidad sindical, reconociéndose de este modo el rol del sindicato como sujeto principal de los procesos de negociación colectiva, además perfecciona el mecanismo de negociación, aumenta el universo de trabajadores que pueden negociar y recibir los beneficios del convenio colectivo y amplía la información que debe disponer el sindicato.

Asimismo, el proyecto contempla la prohibición para los empleadores de realizar un reemplazo de los trabajadores en huelga, por trabajadores propios o externos, estableciendo la obligación de garantizar el funcionamiento de servicios mínimos durante una huelga legal, que permita atender las operaciones y evitar un daño grave, actual e irreparable a las instalaciones e infraestructura de la empresa, así como afectar la seguridad y salud de las personas.

El proyecto, finalmente, también regula los pactos de adaptabilidad, donde empleadores y sindicatos podrán negociar materias nuevas como jornadas de trabajo y horas extraordinarias.

Al efecto, el diputado Jiménez, integrante de la instancia, manifestó su conformidad con la aprobación de la disposición aludida y, agregó que, la figura del reemplazo afectaba a los trabajadores, que terminaban desgastados, con represalias y despidos, sin conseguir nada con sus movilizaciones. Agregó, que la huelga es la última instancia y que en todos los países donde existe la negociación colectiva, las huelgas y conflictos laborales son menores.

Por su parte, el diputado Melero, sostuvo que el fin del reemplazo debe mirarse en conjunto con las normas aprobadas “sobre servicios mínimos que los sindicatos tendrán que asegurar para que durante la huelga esa actividad no tenga un daño irreversible y complejo”; artículos según los cuales indicó, estipulan que la Comisión Negociadora Sindical estará obligada a proveer durante la huelga al personal destinado a atender los servicios estrictamente necesarios que permitan atender las operaciones y evitar un daño grave, actual e irreparable a las instalaciones e infraestructura.

Corresponde ahora que la iniciativa sea revisada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, para posteriormente ser analizada y discutida por la Sala del Senado.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

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