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Por causal de divorcio.

Moción elimina parentesco por afinidad una vez disuelto el matrimonio.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

27 de mayo de 2016

La moción del diputado Tarud expone que la Ley Nº 19.947 de 2004, creó entre otras cosas la institución del divorcio, siendo un gran avance en ésta materia, toda vez que con anterioridad solo se podía romper el matrimonio mediante su nulidad, situación del todo engorrosa, lo que conducía a los cónyuges a mentir en juicio para lograr acreditar las causales que el legislador establece y en definitiva mediante engaño.

Observa luego que entre el divorcio y la nulidad del vínculo matrimonial no solo recae en un tema probatorio o más bien judicial, sino que la gran diferencia entre ambos es el hecho que con la nulidad judicialmente declarada las partes quedan en el estado que se encontraban antes de contraer el matrimonio, es decir, en el estado civil de solteros, extinguiéndose por lo mismo cualquier vínculo de parentesco que existía antes de declararse la nulidad, por lo mismo para el legislador, al  establecerse la nulidad, tanto los cónyuges, como sus familiares quedan como completos extraños, sin ninguna relación entre ellos.

Al efecto, el autor de la iniciativa precisa que con el divorcio pues una vez decretado éste el parentesco se mantiene, subsistiendo los derechos y deberes entre el divorciado y los familiares de su ex marido o mujer, situación que no se condice con los tiempos actuales toda vez que precisamente la intención de los cónyuges al solicitar el divorcio es acabar todo vínculo jurídico existente entre ellos como también con los parientes por afinidad, situación que actualmente no ocurre.

Por las razones expuestas y con el propósito de desvincularse jurídicamente con el otro, dejando por lo mismo de existir los derechos y obligaciones propios del matrimonio y de sus consanguíneos, el proyecto de ley propone modificar el artículo 31 del Código Civil, estableciendo que el parentesco por afinidad es el que existe entre una persona que está casada y los consanguíneos de su marido o mujer.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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