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Modifica LOC del MOP y Ley de Concesiones.

Moción propone excluir construcción y prestación de servicios hospitalarios del régimen de concesiones de obras públicas.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados.

21 de julio de 2017

La moción de los diputados Boric, Cariola, Castro, Fernández, Girardi, Jackson, Letelier, Robles, Torres y Vallejo expone que el Sistema de Concesiones de Obras Públicas en Chile, se concibió desde la promulgación de la “Ley de Concesiones de Obras Públicas” en 1996 como una “Asociación Público-Privada que permitiría desarrollar importantes planes de conectividad vial y aeroportuaria”, siendo uno de los principales ejes de la política de reconocimiento e incentivo a los privados para la ejecución y explotación de infraestructura y servicios públicos durante los gobiernos de la Concertación. En virtud del Sistema de Concesiones de Obras Públicas, el Estado encarga a un privado la ejecución, conservación o reparación de una obra pública fiscal a cambio del derecho a explotarla en los términos estipulados en el respectivo contrato de concesión. El gobierno de Ricardo Lagos, profundizó aún más la política de concesiones para infraestructura y servicios públicos, mediante la incorporación de los programas relacionados con infraestructura hospitalaria y de transporte público, y en particular el inicio del programa de concesiones hospitalarias, a través de los primeros hospitales públicos licitados bajo esta modalidad, esto es, el Proyecto Hospitalario de Maipú y La Florida.

Enseguida, los autores señalan que diversos estudios han dado cuenta de lo que ha significado para las finanzas públicas y la puesta a tiempo de las obras concesionadas, así como los problemas asociados a inestabilidad laboral y subcontratación en el desempeño de funciones conexas con el servicio público de salud. Así, el sistema de concesiones contempla un estatuto jurídico que cautela y garantiza los intereses de las empresas concesionarias por sobre el interés público y los derechos de los trabajadores y usuarios de la salud.

Por lo anterior, el modelo de salud pública aplicado en Chile, depende totalmente de la infraestructura, capacidad y calidad técnica de los proyectos hospitalarios, lo que se debe concordar necesariamente con el interés público y la necesidad de avanzar cada vez más hacia una sociedad en la que el derecho a la salud esté garantizado para todos sus miembros. En este marco, el modelo de concesiones de ejecución y explotación de obras públicas no ha dado respuesta a esta necesidad, y por el contrario, sólo ha funcionado en aras de profundizar la entrega de recursos públicos a la empresa privada, sin un correlato de calidad y garantía de derechos.

En razón de lo expuesto, la moción modifica la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio de Obras Públicas y la Ley de Concesiones de Obras Públicas, excluyendo la construcción de infraestructura y la prestación de servicios hospitalarios del Sistema de Concesiones de Obras Públicas.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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