Noticias

Modifica la Ley N° 19.638.

Mensaje busca fortalecer libertad religiosa.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

12 de abril de 2018

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que en el año 2015 se inició, por parte de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos (ONAR) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, un proceso de diálogo con representantes de la diversidad de entidades religiosas existente en Chile, mediante la constitución de mesas de trabajo. El propósito de este diálogo fue analizar y discutir modificaciones que perfeccionen la Ley N° 19.638 que Establece Normas sobre la Constitución Jurídica de las Iglesias y Organizaciones Religiosas, conocida como Ley de Culto. Específicamente, se abordaron los derechos que esta ley protege y su relación con la libertad religiosa, de culto, de conciencia, de asociación y reunión, entre otras. Así, en este proceso se realizaron mesas de trabajo con diversas organizaciones evangélicas y protestantes, tales como la Mesa Ampliada UNE Chile, el Concilio Nacional de Obispos y Pastores de Chile, diversas tradiciones religiosas nacionales como las iglesias Metodista, Anglicana, Luterana, Bautista, Pentecostal, la Comunidad Teológica Evangélica, entre otras. También hubo intercambios con comunidades de otras tradiciones religiosas como musulmanes, judíos, bah´ai, mormones, pueblos originarios, sikh, brama qumari, entre otros. También se sostuvieron reuniones con representantes de la Conferencia Episcopal y con líderes católicos. Además, se realizaron seminarios y mesas de diálogo interreligioso en los que participaron representantes de la amplia diversidad de religiones existentes en nuestro país. Asimismo, se recogieron propuestas concretas provenientes de juristas especializados en Derecho Eclesiástico que fueron incorporadas en la propuesta contenida en el presente proyecto de ley. También, en la elaboración del proyecto de ley se consideró, a su vez, el resultado de una investigación realizada por la Universidad de Talca, patrocinada por la ONAR, cuyo objetivo fue evaluar el estado de satisfacción y utilidad de la ley por las entidades religiosas. En suma, esta propuesta es producto de tres años de intercambios en activos procesos participativos de todas las tradiciones religiosas y espirituales de Chile.

Por tanto, el proyecto de ley modifica la Ley N° 19.638, que Establece Normas sobre la Constitución Jurídica de las Iglesias y Organizaciones Religiosas, conocida como Ley de Culto. Así, entre las principales modificaciones que introduce el proyecto se encuentra, en primer lugar, el establecimiento de la libertad religiosa, la igualdad de las confesiones y entidades religiosas ante la ley, y laicidad como principios informadores de la ley. En segundo lugar, se establece el reconocimiento, respeto y garantía de la libre expresión religiosa de los pueblos originarios en sus dimensiones individual y colectiva. En tercer lugar, respecto de su organización, se dispone que las entidades religiosas deberán estar jurídicamente organizadas para el logro de sus fines; hoy, la definición de entidad religiosa no contempla dicho requisito, no obstante se entiende que pueden constituir personas jurídicas de conformidad a la ley. En cuarto lugar, el proyecto de ley dispone que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberá dictar un reglamento para asegurar la asistencia religiosa en lugares de detención; actualmente los reglamentos sobre la asistencia religiosa en recintos hospitalarios, cárceles y lugares de detención y en los establecimientos de las Fuerzas Armadas y de Orden, son expedidos únicamente por los Ministerios de Salud, Justicia y Derechos Humanos y Defensa Nacional. En quinto lugar, se establece el procedimiento para la obtención de la personalidad jurídica y normas relativas a sus estatutos; asimismo, se dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá objetar la inscripción si los fines de la entidad no tienen carácter religioso o se oponen a la moral, a las buenas costumbres o al orden público. Finalmente, se autoriza a las entidades religiosas a crear personas jurídicas derivadas de la entidad matriz y a crear federaciones.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

 

RELACIONADO

* BCN publicó Guía legal sobre ley de culto…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *