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Modalidades activa y pasiva.

Proponen regular eutanasia como derecho y garantía para las personas que se encuentran en la etapa final de sus vidas.

Corresponde ahora que la moción sea analizada ?en primer trámite constitucional- por la Comisión de Salud del Senado.

11 de mayo de 2018

La moción del senador Weber, expone que la muerte es la última etapa de la biografía que toda persona ha de experimentar, por tal motivo, aquel acontecimiento debe ser regulado por el ordenamiento jurídico otorgando soluciones frente a escenarios complejos.

Observa luego que es necesario debatir en torno a la posibilidad de morir de manera digna, en un entorno familiar, sin dolores ni sufrimientos excesivos, morir en la plena tranquilidad espiritual posible.

Sin embargo, el autor de la iniciativa hace presente que la medicina aún contempla lamentables limitaciones, en aquellos casos que los diagnósticos médicos son graves y complejos, a razón de patologías que indubitablemente provocaran la muerte y el dolor.

En ese sentido, la propuesta legal sostiene que se innegable analizar cómo garantizar la dignidad de una persona que se encuentra en un complejo estado de salud, la cual debe someterse a realizar esfuerzos terapéuticos para prolongar la vida, y que en muchos casos no desea sobrellevar aquel proceso.

Por lo antes expuesto, y con el objeto de regular la muerte digna de una persona a través de la eutanasia, el proyecto de ley propone consignar en nuestro ordenamiento jurídico los siguientes procedimientos médicos: la eutanasia activa, vale decir, aquella que pretende provocar la muerte mediante acciones dirigidas a acortar o suprimir el curso vital. La eutanasia pasiva la cual comprende la omisión e interrupción de tratamientos médicos, con la intención de no interrumpir el desenlace hacia la muerte.

A su vez, la iniciativa plantea que la persona pueda optar entre los tipos de eutanasia antes descritos solo en los siguientes casos: a) Que la persona sufra una enfermedad grave la cual le provocará indiscutiblemente la muerte; b) Que dicha persona sea mayor de edad; c) Que la solicitud de aplicar eutanasia provenga de una petición expresa de quien va a morir; d) Que la dicha persona, en razón de tal enfermedad deba soportar permanentes tratamientos que sean difícil de resistir o generen dolor y; e) Que se ejecuten actos, cooperación u omisiones cuyo propósito sea el fallecimiento.

Corresponde ahora que la moción sea analizada –en primer trámite constitucional- por la Comisión de Salud del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

 

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