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Modifica Código Sanitario.

Iniciativa busca que restaurantes ofrezcan menú de niños alternativo basado en alimentos saludables.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

26 de octubre de 2018

La moción de los diputados Berger, Jarpa y Muñoz expone que la obesidad es considerada por la OMS como una pandemia y que, en Chile, tanto esa enfermedad como el sobrepeso, han aumentado significativamente en los últimos años. Éstas, asimismo, generan una serie de otras enfermedades.

Los autores señalan que lo anterior es motivo de preocupación. Especialmente respecto de los niños, quienes requieren mayor protección por parte del Estado. Citan que, de acuerdo a la propia OMS, existen dos causas fundamentales para los altos niveles de obesidad infantil: en primer lugar, el consumo de alimentos altos en grasas y azúcares, pero bajos en vitaminas y minerales y otros micronutrientes saludables; y, por otro lado, la escasa actividad física.

A continuación, el proyecto indica que el sobrepeso y la obesidad infantil conllevan graves consecuencias para la salud de los menores tanto a nivel físico como psíquico, ya que sufren constante discriminación y bullying, lo que a su vez deviene en trastornos psicológicos como depresión, ansiedad, baja autoestima, inseguridad, etc. A ello se suma la circunstancia de que los niños obesos tienen mayor probabilidad de seguir siéndolo en la edad adulta.

Se agrega que si bien en Chile hay avances en la materia, aún falta regular un sector de la industria alimenticia para dar una correcta y mejor protección a los menores. En este sentido, la iniciativa busca establecer una obligación a los establecimientos de comida y restaurantes en cuanto a contemplar un menú opcional para menores de edad que contenga comida saludable, que debe ofrecerse en primer lugar a los clientes.

Por lo tanto, el proyecto de ley pretende establecer un artículo 102 bis en el título II del Código Sanitario, del siguiente tenor: “Los restaurantes y locales de comida deberán incluir dentro del menú para niños y de forma preferencial, una opción al mismo que contenga solo alimentos saludables. Por su parte, en cuanto a la opción del menú para niños que contenga alimentos no saludables, deberá así señalarlo de forma expresa y visible. Para los efectos de este Código se entenderá como alimentos no saludables aquellos que superen el límite de contenido de energía, sodio, azúcares totales y grasas saturadas en alimentos, de acuerdo a los límites establecidos por la autoridad sanitaria competente para estos efectos. Las infracciones a las disposiciones contenidas en este artículo serán sancionadas conforme a lo establecido en el Libro Décimo de este cuerpo legal”.

Igualmente, la moción dispone que un reglamento fijará los límites de contenido de energía, sodio, azúcares totales y grasas saturadas en los alimentos a fin de considerarlos o no como alimentos no saludables a propósito del artículo 102 bis del Código Sanitario, reglamento que se dictará en el plazo de tres meses desde la publicación de la ley.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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