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Moción.

Proyecto de ley busca que directorios de empresas acogidas a la ley de seguro de desempleo no puedan cobrar remuneraciones.

El objetivo principal del proyecto ingresado es evitar abusos de las empresas.

11 de mayo de 2020

La Moción busca que las empresas que se acojan a la ley 21.227 que faculta el acceso a las prestaciones del seguro de desempleo y que estén organizadas de acuerdo a la ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, no podrán pagar las remuneraciones que hayan sido acordados por la Junta de Accionistas a los miembros de sus Directorios.
Asimismo, señala que esta ley ha posibilitado a las empresas el poder suspender las relaciones laborales con sus trabajadores de forma temporal, de manera de que las empresas no se encuentren obligadas al pago de las remuneraciones y por su parte los trabajadores no deban prestar los servicios que el vínculo laboral los obliga
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca perfeccionar la ley 21.227, a fin de que no solo los trabajadores se encuentren en la obligación de recurrir a su seguro de cesantía, incluyendo así a los directores de las empresas que se han acogido a esta ley, de manera de que si la empresa se acogió o decide acogerse a esta ley sus Directores no puedan cobrar las remuneraciones que les han sido fijadas por la Junta de Accionistas.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13470-03.

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