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Pensión de alimentos.

Proyecto de reforma constitucional permitiría al alimentario solicitar el retiro del 10% de los fondos de pensiones del alimentante.

En respuesta a la gran cantidad de solicitudes para retirar el 10% de los fondos de pensiones.

31 de julio de 2020

La moción busca una reforma constitucional que permita al alimentario solicitar el retiro de los fondos de capitalización individual del alimentante.
El día 27 de julio, la Ministra Chevesich de la Corte Suprema, señaló que el Poder Judicial preparó la retención, informando que los jueces de familia podrán decretar medidas cautelares para los fondos retirados mientras se definen las liquidaciones, pero manifestando que “se debe recordar que siempre el retiro del 10% es voluntario para el cotizante, por lo que las personas que reclaman el pago de las pensiones alimenticias con esos recursos no necesariamente podrán acceder a ellos". Por lo que si los alimentantes que no han pagado las pensiones alimenticias y no solicitan el retiro del 10%, el alimentario no tendrá acceso a esos fondos.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca solucionar los casos que los alimentantes no hagan retiro de los fondos para evitar dicha retención, para que el alimentario o su representante legal pueden ser autorizados por el juez de familia para que, en calidad de agente oficioso, puedan pedir el retiro del monto adeudado por este concepto.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13677-07.

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