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Sin suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que regula autorización de salida de menores del país.

La gestión pendiente incide en un proceso sobre autorización de salida del país, seguido ante el Cuarto Juzgado de Familia de Santiago.

31 de octubre de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 49 de la Ley N° 16.618, Ley de Menores.

La gestión pendiente incide en un proceso sobre autorización de salida del país, seguido ante el Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago mediante recurso de casación en la forma y apelación, en el cual se autorizó a un menor a trasladarse junto a su madre a Ecuador por motivos laborales.

El requirente estima que el precepto impugnado vulnera el debido proceso, el principio de corresponsabilidad parental, el principio de protección a la familia y el principio del interés superior del niño, por cuanto permite que el juez modifique tácitamente el régimen de relación directa y regular al autorizar la salida del menor del país, rompiendo así el vínculo paterno filial.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió “traslado a las demás partes de la gestión invocada, por el término de diez días”.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3928-17.

 

 

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* Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que regula autorización de salida de menores del país…

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