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Con suspensión y voto en contra.

TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que excluye a jueces de Policía Local de asignación profesional para funcionarios municipales.

La decisión de suspender el procedimiento fue acordada con el voto en contra del Ministro Hernández Emparanza.

23 de julio de 2018

El TC declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 20.922.

La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ordinario declarativo, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, en los que el juez de Policía Local requirente demandó a la Municipalidad de San Antonio a fin de conseguir el pago de la asignación profesional otorgada en la Ley N° 20.922.

El requirente estima que el precepto impugnado vulneraría la igualdad ante la ley, puesto que la exclusión que establece no es razonable, ni objetiva, ni proporcional.

La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93 inciso decimoprimero de la Constitución Política, en relación con lo previsto en los artículos 83 y 84 de la LOCTC. Asimismo, suspendió el procedimiento.

La decisión de suspender el procedimiento fue acordada con el voto en contra del Ministro Hernández Emparanza, quien estuvo por no suspender en atención al estado de tramitación de la gestión pendiente.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declarara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponderá al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 4826-18.

 

 

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