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Por unanimidad.

CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducida contra particular por subir video a Youtube en el que habría realizado imputaciones falsas.

Se trata de hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

31 de marzo de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por Gino Lorenzini en contra de la Fundación Para El Progreso (FPP) por subir un video a su canal de Youtube de una charla del Presidente de la Asociación de AFP en donde supuestamente realizó una serie de imputaciones falsas en contra del recurrente.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 3 Inciso 5 y 4.

La Corte de Santiago indicó en su sentencia que, los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a la Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el recurso, atendido su naturaleza cautelar, por lo que se declaró inadmisible el recurso de protección.

Sin embargo, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada señalando que, del mérito de los antecedentes apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se mencionó hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso de protección debió haber sido acogido a tramitación.

Por consiguiente, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y en su lugar declaró admisible el recurso de protección, debiendo dársele la tramitación correspondiente.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 27577-2020 y de la Corte de Santiago en causa Rol Nº 18207-2020.

 

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* CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección en contra de Youtube por no eliminar cuatro vídeos…

 

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