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Requerimiento fue admitido a trámite.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que establece limitación de tercería de dominio en juicios que los bancos sigan contra sus deudores.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ejecutivo, seguidos ante el 24° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago.

29 de enero de 2019

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 109 inciso segundo de la Ley General de Bancos, Decreto con Fuerza de Ley N° 3 de 1971.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ejecutivo, seguidos ante el 24° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de apelación, en los que fue rechazada la tercería de dominio presentada por la requirente, en razón de su calidad de comunera respecto del inmueble objeto del remate.

La requirente estima que el precepto impugnado infringe la igualdad ante la ley y el debido proceso, por cuanto la aplicación de la norma legal invocada limita su derecho a la acción y la imposibilita de ejercer un derecho de defensa de su derecho de propiedad. Además, constituiría una violación del principio de inexcusabilidad de los tribunales.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes por el término de diez días.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de las impugnaciones.

 

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 5911-19.

 

 

 

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