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En fallo dividido.

CS confirma sentencia que acogió amparo en favor de ciudadano cubano con orden de expulsión del país.

Corte de Santiago señaló que expulsión sin cumplimiento de condena previa es ilegal y arbitrario.

27 de enero de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió protección deducida en favor de ciudadano cubano en contra de la orden de expulsión en su contra emitida por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que el órgano administrativo recurrido indica al amparado como fundamento de su orden de expulsión, su ingreso clandestino al país. Indica la decisión de la Corte de Santiago, que esto motivó un requerimiento ante el ministerio público del cual luego la intendencia recurrida presentó un desistimiento en materia penal.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, la actitud de la autoridad regional no se encuentra enmarcada por la legalidad, por cuanto el artículo 69 del Decreto Ley de Extranjeros establece que el ejercicio de tal facultad de expulsión requiere previamente una condena declarada por un tribunal de justicia, por lo cual no cabe sino acoger la acción de amparo presentada en favor del recurrente.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Sr. Valderrama, quien estuvo por revocar el fallo de alzada y en su lugar rechazar la acción de habeas corpus intentada en favor del actor, al considerar que la autoridad denunciada actuó con estricto apego a la legalidad, no siendo necesario el requisito de una condena previa para ordenar su expulsión y no afectándole por ello su desistimiento en materia penal.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 36.947-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Ingreso N° 2826-2019.

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